La Comisión Técnica del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha emitido un dictamen definitivo favorable para que las personas con espina bífida, enfermedad de Párkinson, distrofia miotónica tipo 1 (Steinert), enfermedad de Huntington, esclerosis sistémica, amiloidosis por transtiretina variante y enfermedad renal crónica (estadioG5) puedan acogerse a la jubilación anticipada, tal y como ha comunicado la Confederación Española de Personas con Discapacidad Física y Orgánica (COCEMFE).
La organización ha valorado este paso como un avance decisivo, ya que abre la puerta a que estas siete patologías se incorporen al procedimiento de jubilación anticipada para personas trabajadoras con un grado de discapacidad igual o superior al 45 por ciento, de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 1851/2009.
COCEMFE considera que el pronunciamiento favorable de la Comisión Técnica constituye un logro de “enorme relevancia social” y ha destacado la labor conjunta desarrollada con el movimiento asociativo. Fruto de ese trabajo se elaboraron 14 informes que la Confederación remitió al Gobierno el pasado mes de julio con el objetivo de extender el acceso a la jubilación anticipada a nuevas enfermedades.
“Este avance demuestra que cuando el movimiento asociativo trabaja de forma coordinada, con rigor y respaldo técnico, se pueden lograr cambios estructurales que mejoran la vida de miles de personas”, ha señalado el presidente de COCEMFE, Anxo Queiruga.
No obstante, la entidad ha recordado que este informe positivo no supone todavía la inclusión efectiva de estas patologías en el anexo del Real Decreto 1851/2009, requisito imprescindible para que las personas afectadas puedan tramitar la jubilación anticipada.
De acuerdo con la Orden ISM/444/2025, tras la emisión del informe técnico corresponde a la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social dictar la resolución administrativa. Si esta resolución fuera también favorable, será necesario impulsar la modificación normativa del anexo del Real Decreto y su posterior publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Solo a partir de ese momento el derecho podrá ejercerse de forma efectiva.
En este escenario, COCEMFE ha instado al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones a agilizar al máximo los trámites pendientes, con el fin de que este avance se materialice cuanto antes en un derecho real y efectivo para las personas que cumplan las condiciones legales.
“Este no es un punto final, sino un hito intermedio”, ha recalcado Queiruga, quien ha añadido que la Confederación continuará impulsando que las patologías aún no incorporadas, y aquellas para las que exista evidencia científica suficiente, puedan también acceder al mecanismo de jubilación anticipada.
“Hablamos de salud, de dignidad y de igualar la transición hacia la jubilación ante situaciones específicas que atraviesan muchas personas con discapacidad física y orgánica, especialmente en contextos de trayectorias laborales marcadas por la precariedad, el sobreesfuerzo físico o el deterioro progresivo asociado a determinadas patologías”, ha enfatizado.