El Ministerio de Sanidad presenta a consulta pública el RD para la atención sanitaria de migrantes

El Ministerio de Sanidad propone un RD para regular el acceso a la sanidad de migrantes sin residencia legal.

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Escrutado: 99.33% Votantes: 1.251.408 Participación: 65.67%

Votos

Partido Escaños Votos Porcentaje
PP 33 +2 438.096 35.47%
PSOE 30 +2 379.703 30.74%
VOX 14 +1 233.757 18.92%
U.P.L. 3 +3 53.805 4.35%
XAV 1 = 11.307 0.91%
SY 1 -2 8.728 0.70%
IU-MS-VQ 0 = 27.605 2.23%
SALF 0 = 17.351 1.40%
PODEMOS - AV 0 = 9.225 0.74%
PACMA 0 = 5.027 0.40%
ESCAÑOS EN BLANCO 0 = 4.762 0.38%
Cs 0 -1 4.320 0.34%
NUEVECYL 0 = 4.207 0.34%
VBM 0 = 3.543 0.28%
PCAS-TC 0 = 3.051 0.24%
ESPAÑA VACIADA 0 = 2.991 0.24%
C. Bierzo 0 = 1.946 0.15%
PCTE 0 = 1.688 0.13%
VP 0 = 1.641 0.13%
MUNDO+JUSTO 0 = 1.555 0.12%
PREPAL 0 = 869 0.07%
FE de las JONS 0 = 789 0.06%
P. ALANTRE 0 = 383 0.03%
PANCAL-URCI 0 = 289 0.02%
SAE 0 = 106 0.01%

Escaños (82)

Mayoría: 42
PP 33 escaños
PSOE 30 escaños
VOX 14 escaños
U.P.L. 3 escaños
XAV 1 escaños
SY 1 escaños

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El Ministerio de Sanidad ha lanzado a consulta pública este viernes el borrador del Real Decreto (RD) que define los criterios para acreditar el acceso a la atención sanitaria de las personas extranjeras residentes en España sin permiso de residencia legal.

Desde Sanidad se ha comunicado que la finalidad de esta regulación es asegurar un acceso uniforme a la sanidad de carácter universal en toda España para los migrantes en situación irregular, resolviendo las barreras administrativas detectadas y las discrepancias en la aplicación del Real Decreto-ley 7/2018, de 27 de julio, que trata sobre el acceso universal al Sistema Nacional de Salud (SNS).

Requisitos y Procedimiento

Para demostrar el derecho a la asistencia sanitaria, el decreto especifica que los extranjeros sin permiso de residencia deben entregar una declaración responsable asegurando que no tienen cobertura sanitaria por ninguna otra vía, como seguridad social de otro país, seguro privado o visado en vigor.

Además, deberán probar su residencia efectiva en España, por ejemplo, a través del empadronamiento de al menos tres meses o con documentos alternativos como certificados escolares o facturas de servicios.

El proyecto indica que, durante el trámite de la solicitud y hasta la resolución final, los solicitantes recibirán un documento provisional que les permitirá acceder a la atención sanitaria pública inmediatamente después de presentar la solicitud. La Administración tendrá un plazo máximo de tres meses para emitir una respuesta, y en ausencia de esta, se aplicará el silencio administrativo positivo, considerando la petición como aceptada.

Para aquellos en estancia temporal, se solicitará un informe de servicios sociales que confirme su vulnerabilidad especial, asegurando que la búsqueda de atención sanitaria no es la causa de su estancia.

Extensión de Derechos Sanitarios

Este borrador de Real Decreto también pretende extender el acceso a la sanidad pública a españoles residentes en el extranjero durante sus visitas a España y a sus familiares acompañantes. Esto implicaría una modificación del Real Decreto 8/2008, de 11 de enero, que actualmente solo cubre a pensionistas o trabajadores expatriados. El nuevo documento propuesto ampliaría la protección a cónyuges, parejas de hecho e hijos menores de 26 años, o con discapacidad reconocida.

El proyecto ya ha pasado por las fases de consulta pública previa y, además de la audiencia pública actual, será sometido a la opinión de entidades representativas de los sectores implicados, el Comité Consultivo del Sistema Nacional de Salud y el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (CISNS), así como las mutualidades de funcionarios.