Mónica García ve como varapalo judicial a Ayuso la orden de crear el registro de objetores al aborto en Madrid

Mónica García celebra como revés judicial a Ayuso la orden del TSJM que fuerza a Madrid a tramitar el registro de objetores al aborto.

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La ministra de Sanidad, Mónica García, inaugura la jornada por el Día de la Cero Discriminación 'VIH, comunicación y arte frente al estigma', a 9 de marzo de 2026, en Madrid (España). Alejandro Martínez Vélez - Europa Press

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La ministra de Sanidad, Mónica García, ha interpretado como un “revés judicial” para la presidenta madrileña, Isabel Díaz Ayuso, la resolución del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) que obliga a la Comunidad de Madrid a poner en marcha los trámites para constituir el Registro de Personas Objetoras de Conciencia para las Interrupciones Voluntarias de Embarazo (IVE).

“Le hemos obligado a crear un registro de objetores para poder organizar el sistema sanitario de manera que se respeten tanto los derechos de los objetores como el derecho de las mujeres a acceder al aborto en la sanidad pública”, ha señalado García en una intervención en el programa 'Malas lenguas' de 'La 2', que ha recogido Europa Press.

La titular de Sanidad ha subrayado que el Ejecutivo central acudió a los tribunales después de que la Comunidad de Madrid rechazara poner en marcha dicho registro. Además, ha insistido en que esta herramienta debe existir en todas las autonomías para asegurar el acceso al aborto en la red pública, y no “donde mande la señora Ayuso”.

“Un registro de objetores que no es una lista negra, todo lo contrario. Primero protege el derecho y la garantía a poder abortar en la pública, pero también protege a aquellos profesionales que son objetores de conciencia y que si no estuvieran, como dice el Tribunal Constitucional adscritos a una lista, deberían ejercer la cartera de servicios del Sistema Nacional de Salud que incluye la interrupción voluntaria del embarazo”, ha explicado García.

Este lunes, el TSJM ha ordenado al Gobierno regional iniciar el procedimiento para la creación del Registro de Personas Objetoras de Conciencia para las IVE y su implantación de acuerdo con el protocolo consensuado en el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.

Según la resolución, a la que ha tenido acceso Europa Press, la Sala de lo Contencioso-Administrativo acepta la medida cautelar solicitada por el Ministerio de Sanidad ante la inacción del Ejecutivo autonómico a la hora de elaborar la relación de profesionales objetores para estas intervenciones.

El auto aclara expresamente que la medida cautelar no implica que el registro quede constituido de forma inmediata, pero sí obliga a la Comunidad de Madrid a iniciar los pasos administrativos imprescindibles para su redacción y aprobación, conforme a la legislación vigente.

La decisión se enmarca en un recurso Contencioso-Administrativo de la Abogacía del Estado frente a la falta de actuación de la administración madrileña en la aplicación de la Ley Orgánica 1/2023, que modificó la Ley Orgánica 2/2010 sobre salud sexual y reproductiva y la interrupción voluntaria del embarazo.

El litigio se centra en la exigencia contenida en el artículo 19.ter de dicha ley, que obliga a cada comunidad autónoma a habilitar un registro de profesionales sanitarios que ejerzan su derecho a la objeción de conciencia en relación con la participación directa en la práctica de la IVE.