La Sociedad Española de Oftalmología (SEO), la Sociedad Española de Estrabismo y Oftalmología Pediátrica (SEEOP), la Sociedad Española de Contactología (SEC) y la Sociedad Española de OftalmoPediatría (SEDOP) han manifestado que el Plan Veo presenta carencias importantes desde el punto de vista clínico y en materia de seguridad del paciente. Por ello, muestran su rechazo al actual sistema de acceso al programa, que permite que la prescripción de gafas sea llevada a cabo por optometristas, incluso en establecimientos de óptica, “sin una evaluación médica oftalmológica previa ni refracción bajo cicloplejia”.
“Esta circunstancia además de poner en riesgo la salud del niño infringe el ordenamiento jurídico por intrusismo profesional, lo que resulta especialmente preocupante en la población pediátrica al no ajustarse a la evidencia científica ni a los criterios de buena práctica clínica”, señalan las sociedades en un comunicado, alertando de las posibles consecuencias para los menores.
Las entidades científicas recuerdan que los oftalmólogos son los profesionales con los “conocimientos y competencias” necesarios para realizar las exploraciones de los órganos de la visión en toda la población y, en consecuencia, “los principales responsables y garantes del cuidado y promoción de su salud visual”. En la infancia, insisten, la detección y corrección de los defectos refractivos no puede considerarse un simple acto técnico, sino un acto médico integrado en un proceso diagnóstico completo, que incluye la historia clínica, la exploración oftalmológica y una refracción bajo cicloplejia.
“En este proceso, el médico oftalmólogo tiene como objetivo no sólo recetar gafas para mejorar la agudeza visual, sino que debe además tratar las alteraciones de la motilidad ocular, visión binocular y, sobre todo, descartar enfermedades subyacentes tanto oculares como sistémicas cuyo retraso diagnóstico puede tener consecuencias graves para la salud del niño”, destacan las sociedades, subrayando la complejidad de la atención visual pediátrica.
En relación con el papel de los ópticos-optometristas, las organizaciones firmantes sostienen que estos profesionales no disponen de la capacitación ni de “la responsabilidad de efectuar diagnósticos, prescribir o aplicar tratamientos”. “Ante cualquier error en este sentido, la falta de responsabilidad legal del óptico podría hacer que ésta recayera precisamente sobre quién ha tomado la decisión de derivar a la población a establecimientos no acreditados, con las serias implicaciones que ello conllevaría”, advierten, llamando la atención sobre el posible conflicto legal.
Asimismo, inciden en que, si se delega en un óptico-optometrista la exploración rutinaria y la refracción aislada de cualquier paciente, aunque presente una visión aparentemente normal o un defecto de refracción simple, podrían pasar inadvertidas patologías oculares y sistémicas graves que “sólo un médico oftalmólogo conoce y está capacitado para diagnosticar y tratar”.
Las sociedades científicas recuerdan también que en las ópticas no es posible graduar adecuadamente a los niños, ya que para ello es necesaria la dilatación pupilar y la parálisis de la acomodación mediante la instilación controlada de colirios ciclopléjicos. Estos fármacos pueden provocar, en algunos casos, efectos secundarios sistémicos relevantes, que van “desde somnolencia hasta cuadros confusionales agudos con delirio, alucinaciones y ataxia”, lo que exige un control médico estricto.
Al respecto, recalcan que la administración de medicamentos por cualquier vía por parte de un óptico-optometrista no entra dentro de sus competencias, “está rigurosamente prohibida por la ley y su práctica constituye un delito tipificado en el código penal”, añaden, remarcando la dimensión jurídica del problema.
Las sociedades insisten en que la función de los oftalmólogos es la valoración clínica, la prescripción y el tratamiento en el ámbito médico, mientras que los ópticos-optometristas deben limitarse a realizar las pruebas de refracción, determinadas exploraciones y otras intervenciones de carácter rehabilitador de la visión, siempre “bajo supervisión de los oftalmólogos”.
Según defienden, este modelo secuencial es el procedimiento más adecuado para la correcta implantación del Plan Veo. “Este proceso garantiza que la derivación de los pacientes a los establecimientos de óptica se efectúe únicamente tras la emisión de una prescripción médica rigurosa de gafas o lentes de contacto, asegurando así el cumplimiento de los más altos estándares de seguridad clínica y calidad asistencial”, argumentan.
Las sociedades piden a Sanidad cambiar el acceso al Plan Veo
Por todo ello, alertan de que el actual procedimiento de acceso al Plan Veo puede generar un “problema de inseguridad jurídica y sanitaria”, al remitir a los niños a las ópticas para la detección de defectos de refracción sin considerar que “detrás de una aparente buena visión o un simple defecto de refracción pueden ocultarse graves enfermedades oculares que solo el médico oftalmólogo puede diagnosticar y tratar”.
“Ante la preocupación que esta noticia ha generado entre el colectivo de oftalmólogos, las Juntas Directivas de la Sociedad Española de Oftalmología y restantes sociedades firmantes solicitan al Ministerio de Sanidad una modificación del procedimiento de acceso al Plan Veo, para que únicamente sea el médico oftalmólogo el profesional que pueda prescribir las ayudas visuales a los menores, estableciéndose como requisito obligatorio que toda prescripción sea precedida por una evaluación oftalmológica completa y refracción bajo cicloplejia”, concluyen, reclamando a Sanidad que rectifique el diseño actual del programa.