El exministro de Transportes José Luis Ábalos se ha unido a la petición presentada por su exasesor Koldo García ante el Tribunal Supremo (TS) para que el juicio por las presuntas irregularidades en la adquisición de mascarillas durante la pandemia sea remitido a la Audiencia Nacional.
Según han indicado fuentes jurídicas a Europa Press, el letrado de Ábalos ha trasladado esta posición al Supremo mediante un escrito en el que se limita a respaldar la solicitud formulada por la defensa de Koldo este martes, sin añadir nuevos razonamientos.
En el documento de Koldo, al que tuvo acceso esta agencia de noticias, su abogada solicitaba al TS que dejase sin efecto su competencia para enjuiciar la causa y que la remitiera a la Audiencia Nacional, pidiendo que esta cuestión se resuelva en la audiencia preliminar señalada para este jueves y con carácter previo a cualquier otra alegación.
“Habida cuenta de que de estimarse esta cuestión de competencia, el resto de cuestiones preliminares deberían ser abordadas y resueltas por el tribunal que resultara competente”, abundó.
Y precisó que no se trata “del abandono del cargo como estrategia para elegir el tribunal a conveniencia” para “evitar que el acusado pueda 'provocar' un cambio de tribunal una vez que ya conoce quiénes le van a juzgar”, en referencia a la renuncia de Ábalos a su escaño en el Congreso, que ha supuesto que toda la investigación del “caso Koldo” pase a la Audiencia Nacional al perder la condición de aforado.
Debate sobre la competencia del Supremo
La letrada del exasesor recalcó que la renuncia al acta de diputado “es un derecho”. Por ello, si el investigado “prefiere perder su privilegio” de ser enjuiciado por el Supremo “para ganar una doble instancia real”, el TS “no debería impedírselo”.
Conviene recordar que el Supremo mantiene la competencia para juzgar a Ábalos, Koldo y al empresario Víctor de Aldama por el contrato de mascarillas porque la Sala de lo Penal del alto tribunal estableció en 2014 que “en las causas con aforados la resolución judicial que acuerda la apertura del juicio oral constituye el momento en el que queda definitivamente fijada la competencia del tribunal de enjuiciamiento aunque con posterioridad a dicha fecha se haya perdido la condición de aforado”.
En esta línea, la defensa de Koldo argumentó que “el criterio de la apertura del juicio oral se antoja arbitrario”, dado que “el proceso penal es una unidad”.
“Si la condición de diputado se pierde antes de que empiece la práctica de la prueba (el juicio propiamente dicho), no hay una razón procesal insalvable para no remitir la causa”, añadió la abogada Leticia de la Hoz.
Además, invocó “indefensión material” al no disponer “copia alguna” de determinadas diligencias que “no están en manos” del tribunal que debe juzgarles, sino que continúan bajo custodia de la Guardia Civil.