La Audiencia de Málaga ha exonerado a dos curas y al responsable de un sitio web de noticias, quienes enfrentaban acusaciones por presuntamente incitar al odio a través de diversos artículos y programas de vídeo dirigidos contra migrantes y la comunidad musulmana. Los sacerdotes, identificados como Custodio Ballester y Jesús Calvo, y Armando Robles, director del medio digital, estaban en el ojo del huracán por sus declaraciones consideradas extremas.
La sentencia, emitida por la Sección Primera de Málaga, sostiene que, a pesar de reconocer la publicación de los contenidos, los acusados no transgreden los límites legales del delito de odio, argumentando que estos se encuentran amparados bajo el derecho a la libertad de expresión. El tribunal ha analizado individualmente los casos y concluye que no se cumplen los criterios necesarios para configurar dicho delito.
Los escritos y videos, que abarcan desde 2013 hasta 2019, han sido criticados por emplear términos como “invasores” y “exterminio del infiel”, siendo descritos en la sentencia como potencialmente ofensivos pero no criminales. El tribunal también hace referencia a la jurisprudencia del Supremo, que distingue entre diferentes tipos de odio y su relevancia penal.
En cuanto a Jesús Calvo, la corte considera que sus declaraciones podrían estar influenciadas por trastornos psíquicos, según un informe pericial, lo que afectaría su intención real detrás de las afirmaciones. Por otro lado, respecto al director del medio, la sentencia señala que, aunque sus publicaciones son críticas y continuas contra el islam y la migración, no se demuestra que su objetivo fuese incitar al odio.
Finalmente, la sentencia contempla también la cuestión de los comentarios hostiles de los lectores en la web, indicando que no se puede atribuir responsabilidad penal a los directores de medios o autores por las opiniones emitidas por terceros en plataformas digitales.