Ampliación | La jueza excluye a los ayuntamientos de Huelva y Punta Umbría y acepta a HazteOir.org y Manos Limpias como acusación popular

La jueza de Montoro excluye a Huelva y Punta Umbría como acusación popular en el caso del tren de Adamuz y admite a HazteOir.org y Manos Limpias con fianza.

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Imagen de la fachada del juzgado de Montoro (Córdoba) que asume la investigación de la causa del accidente ferroviario ocurrido en la localidad cordobesa de Adamuz. Rocío Ruz - Europa Press

Imagen de la fachada del juzgado de Montoro (Córdoba) que asume la investigación de la causa del accidente ferroviario ocurrido en la localidad cordobesa de Adamuz. Rocío Ruz - Europa Press

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La magistrada del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 2 del Tribunal de Instancia de Montoro (Córdoba) ha dictado un auto, fechado el 26 de marzo, en el que decide no admitir la personación como acusación popular de los ayuntamientos de Huelva y Punta Umbría, del partido político Iustitia Europa y del Sindicato Alternativa Ferroviaria (Alferro), en la causa abierta por el siniestro ferroviario de Adamuz, en el que murieron 46 personas y resultaron heridas más de 120 el domingo 18 de enero.

Según ha comunicado el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), respecto a los consistorios de Huelva y Punta Umbría, la jueza concluye que no procede admitirlos como parte acusadora “por falta de legitimación para el ejercicio de la acción popular”, mientras que, en el caso de Iustitia Europa, adopta la misma decisión “por falta de cumplimiento de requisitos formales concretados en la falta de autorización/acuerdo del órgano correspondiente para el ejercicio de la acción penal como acusación popular en el presente procedimiento”.

En cuanto a Alferro, este sindicato presentó un escrito el 17 de marzo solicitando su personación como acusación particular y el alta en una de las piezas, lo que se hizo efectivo mediante diligencia de ordenación. Al mismo tiempo, pidió su baja en la pieza reservada a las acusaciones populares, razón por la que la instructora rechaza su personación como acusación popular.

Por el contrario, el auto sí acepta la personación como acusación popular del Sindicato Colectivo de Funcionarios Manos Limpias, Vox, Asociación HazteOir.org, Sindicato de Maquinistas y Ayudantes Ferroviarios (Semaf), Asociación Víctima de los Políticos y Asociación Liberum. Esta admisión queda supeditada a la prestación previa de una fianza de 3.000 euros por cada una de las acusaciones.

La instructora aprecia que dicha fianza resulta “proporcionada y adecuada a las circunstancias concurrentes”, y ello “atendiendo al número especialmente elevado de acusaciones populares interesadas, la naturaleza del procedimiento, y la necesidad de preservar y asegurar el adecuado desarrollo del mismo evitando disfunciones derivadas de una pluralidad excesiva de partes acusadoras”.

La jueza fija un plazo de nueve días para que estas entidades constituyan la fianza en cualquiera de las formas previstas en la ley y advierte a los solicitantes de que, si no la aportan dentro del plazo concedido, no se les tendrá por personados en la causa.

“No se aprecia finalidad espuria ni desviación del proceso penal”

Asimismo, “y a fin de garantizar la economía procesal, la buena marcha del proceso y evitar dilaciones indebidas”, la magistrada deja constancia expresa de que, en su caso, “podrán adoptarse medidas de coordinación, acumulación o unificación procesal de la actuación de las acusaciones popular a la vista de las facultades de dirección procesal de esta instructora”.

La jueza acuerda la personación de estas organizaciones al entender que “comparecen con la postulación adecuada, han manifestado su voluntad de prestar fianza exigible y no se aprecia finalidad espuria ni desviación del proceso penal”, por lo que concluye que “concurren los requisitos legalmente exigidos para su admisión”.