El magistrado Leopoldo Puente, encargado del ‘caso Koldo’ en el Tribunal Supremo, ha resuelto continuar con la prisión provisional de Santos Cerdán, ex secretario de Organización del PSOE, desestimando su reciente solicitud de libertad al considerar que aún existe el riesgo de que interfiera con las pruebas. No obstante, señaló que es probable que la medida no se extienda más allá del 30 de diciembre, dentro del contexto de la supuesta red de cobros de comisiones por adjudicación de obras públicas.
Cerdán fue encarcelado el pasado 30 de junio en la prisión de Soto del Real, Madrid, por su presunta implicación central en la trama, acusado por el alto tribunal de delitos como pertenencia a organización criminal, tráfico de influencias y cohecho. Desde entonces, ha solicitado su liberación en múltiples ocasiones, sin éxito. En esta última decisión, el magistrado argumenta que no ha habido cambios significativos que justifiquen su liberación.
El juez Puente, sin embargo, concede que la detención provisional no debería extenderse más allá de seis meses, lo que sitúa el límite en el próximo 30 de diciembre. “Se trata, sí, de un plazo límite máximo, pero ello, por descontado no significa que medida cautelar tan fuertemente aflictiva pueda perdurar hasta entonces, si hubieran desaparecido ya las razones que justificaron su adopción”, explica.
Puente recalca que no es necesario agotar el plazo máximo establecido, siendo consciente del severo efecto que la medida cautelar implica, así como de la tensión que genera con el derecho fundamental a la presunción de inocencia. Además, destaca que, en ciertos aspectos, la situación del preso provisional puede ser incluso más gravosa que la del interno penado.
LAS PESQUISAS CONTINÚAN
El momento actual no es adecuado para conceder la libertad, dado que el riesgo inicialmente percibido de destrucción o manipulación de pruebas y testigos persiste, y la investigación sigue en curso. “Las investigaciones acerca de la precisa situación patrimonial de Cerdán no han concluido” y es necesario “profundizar en los eventuales vínculos económicos que pudieran existir entre Servinabar 2000”, el ex ‘número tres’ del PSOE, o su círculo cercano, lo que implica realizar “análisis documentales complejos que, en cierta medida, podrían ocultarse o alterarse aún”, indica Puente.
El magistrado también responde a los argumentos de la defensa sobre la presunción de inocencia de Cerdán, afirmando que, aunque legítimo, este derecho no es suficiente para neutralizar los motivos que consideran a Cerdán, potencialmente responsable de los hechos delictivos investigados.
Finalmente, Puente desestima las acusaciones de un supuesto ‘complot’ contra Cerdán, señalando que la estrategia defensiva no puede ignorar los indicios de criminalidad existentes.