Avalan el despido de una limpiadora por alargar el desayuno y usar redes sociales en horario laboral

El TSJC confirma el despido disciplinario de una limpiadora en Gran Canaria por alargar las pausas y usar WhatsApp e Instagram durante la jornada.

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Ciudad de la Justicia de Las Palmas de Gran Canaria EUROPA PRESS

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La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha ratificado la procedencia del despido de una empleada del sector de la limpieza en Gran Canaria por, entre otros motivos, exceder de forma reiterada el tiempo de pausa para el desayuno y dedicar buena parte de su jornada a utilizar WhatsApp e Instagram.

En concreto, el tribunal ha rechazado el recurso de suplicación presentado por la trabajadora contra la sentencia del Juzgado de lo Social n.º 6 de Las Palmas de Gran Canaria, que ya en julio de 2025 declaró ajustado a derecho el despido disciplinario ejecutado en junio de 2024.

Según consta en la resolución, se declara probado que la empleada prestaba servicios con un contrato indefinido a tiempo parcial, dedicada a labores de limpieza de edificios y locales.

La empresa fundamentó la decisión extintiva en que venía observando desde hacía tiempo "una desidia y una falta de interés en el desarrollo de las tareas" por parte de la trabajadora.

En este sentido, la compañía detectó ausencias reiteradas de su puesto que superaban en más de diez minutos el tiempo establecido para el desayuno o el almuerzo, llegando en algunos casos hasta los 45 minutos adicionales.

Asimismo, la empresa constató un uso continuado del teléfono móvil personal durante la jornada, con accesos repetidos a Instagram y WhatsApp, "a pesar de que en la cláusula adicional cuarta de su contrato de trabajo se establece que durante la jornada laboral no podrá hacerse uso del teléfono móvil particular salvo por motivos muy justificados".

Según los datos aportados al procedimiento, la media diaria de conexión al móvil durante el horario de trabajo ascendía a una hora y seis minutos.

El tribunal también da por acreditado que existían retrasos reiterados en la hora de entrada y fallos frecuentes en la ejecución de tareas periódicas, que se atribuyen a la falta de implicación de la trabajadora.