Begoña Gómez se apoya en precedentes de Moncloa para justificar su personal de "apoyo"

Su defensa recurre a la práctica histórica de las parejas de presidentes para justificar el personal de apoyo, mientras la Fiscalía niega indicios de delito y acusa al juez de “confusión deliberada” en la causa.

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La mujer del presidente del Gobierno, Begoña Gómez, durante la Comisión de Investigación sobre programas de cátedras y postgrados de la Universidad Complutense de Madrid y empresas financiadoras, en la Asamblea de Madrid. Eduardo Parra - Europa Press

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La defensa de Begoña Gómez, mujer del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ha presentado ante el juez un informe con el que intenta justificar la existencia de personal de apoyo vinculado a la figura del cónyuge del jefe del Ejecutivo, argumentando que se trata de una práctica habitual en la Moncloa durante las últimas décadas, aunque sin una regulación específica.

El documento, elaborado por el catedrático de Derecho Administrativo Julio V. González García, sostiene que este tipo de apoyo ha existido de forma continuada desde la Transición y que la figura del entorno del presidente ha incluido siempre asistentes para tareas institucionales, organizativas e incluso de agenda personal.

Referencias a otras esposas de presidentes

El informe recurre a ejemplos de anteriores etapas políticas para reforzar su tesis. Entre ellos, cita el caso de Ana Botella, esposa de José María Aznar, señalando que su personal de apoyo habría colaborado en actividades que trascendían lo estrictamente institucional, incluyendo la organización de eventos familiares.

También menciona a otras parejas de presidentes como Sonsoles Espinosa o Carmen Romero, destacando que su papel público estuvo marcado por una fuerte exposición mediática y una combinación de funciones institucionales y profesionales.

El texto defiende que esta figura, aunque no formalmente regulada, se ha consolidado como una “práctica habitual” dentro del funcionamiento de la Presidencia del Gobierno.

La Fiscalía rechaza indicios de delito

En paralelo, la Fiscalía ha reiterado su posición de que no existen indicios suficientes de delito en la actividad investigada y ha solicitado el archivo de la causa.

El Ministerio Público critica la interpretación del juez instructor, al que acusa de incurrir en una “deliberada confusión de hechos” y de mezclar de forma improcedente distintos tipos penales como tráfico de influencias, malversación o corrupción en los negocios.

En su escrito, la Fiscalía sostiene además que la relación conyugal de Begoña Gómez no puede utilizarse como base para establecer presunciones de influencia indebida ni para atribuir automáticamente responsabilidad penal en su actividad profesional o institucional.

El Ministerio Público también cuestiona la solidez de la investigación, señalando la falta de pruebas concluyentes tras dos años de diligencias y calificando de “vago” el encaje jurídico de algunos de los hechos analizados.

En este sentido, subraya que posibles irregularidades administrativas en contrataciones no implican necesariamente la existencia de un delito penal, y rechaza que se pueda construir una acusación sin elementos objetivos que la sustenten.