Cinco años de cárcel para un tatuador por abusar sexualmente de una clienta en Ibiza

Un tatuador de Ibiza es condenado a cinco años de prisión y a indemnizar con 15.000 euros a una clienta por abusos sexuales cometidos en 2022.

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Tatuador JUNTA DE ANDALUCÍA

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La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Palma ha impuesto una pena de cinco años de prisión a un tatuador de Ibiza por un delito de abuso sexual cometido contra una clienta en junio de 2022.

Además de la condena de cárcel, el tribunal le obliga a abonar 15.000 euros a la víctima en concepto de daños morales y le prohíbe acercarse a ella o comunicarse por cualquier medio durante un periodo de siete años, según ha detallado el Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB).

Los jueces dan por acreditado que el 15 de junio de 2022 la mujer, que estaba pasando unos días de vacaciones en Ibiza, acudió con una amiga al estudio del acusado para realizarse un tatuaje.

Ambas jóvenes decidieron tatuarse el mismo motivo. Para ello, debían entrar por turnos en una pequeña sala con una camilla, mientras la otra aguardaba en un sofá situado en una estancia anexa. La denunciante fue la segunda en pasar a la camilla.

De acuerdo con la sentencia, pocos minutos después de comenzar a tatuar y aprovechando que la mujer no llevaba ropa interior, el procesado inició tocamientos y llegó a penetrarla con los dedos durante casi media hora.

Como resultado de lo ocurrido, la víctima experimentó un temor intenso que le impidió reaccionar ante la agresión, quedándose inmóvil “ante el temor de que el procesado pudiera hacer algo peor si se movía”.

El acusado rechazó los hechos durante el juicio, pero el tribunal sostiene que han quedado plenamente demostrados y subraya que el hombre era consciente de que con su conducta estaba vulnerando la “intimidad sexual” de la afectada.

Los magistrados señalan que no han hallado razones para cuestionar la credibilidad del testimonio de la mujer ni para pensar que existiera una “intencionalidad espuria” en su declaración incriminatoria.

La resolución añade que existen diversas pruebas periféricas que, valoradas en conjunto, refuerzan la solidez del relato ofrecido por la denunciante.

Entre ellas figura la declaración de un agente de la Guardia Civil que explicó en la vista oral que, cuando se presentó la denuncia, apenas había transcurrido una semana desde que el acusado había sido detenido por hechos de naturaleza similar.

El guardia civil indicó que conocía que el procesado contaba con antecedentes policiales. En el juicio, la Fiscalía incorporó una sentencia previa en la que, tras un acuerdo de conformidad, el tatuador había sido condenado a dos años de prisión por abusar sexualmente de otra clienta, en ese caso una menor de 15 años.

La resolución judicial no es definitiva y contra ella cabe interponer recurso de apelación ante la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Baleares.