Cinco años de prisión por violar a una menor dormida en una vivienda de Málaga

La Audiencia de Málaga condena a cinco años de cárcel a un hombre por violar a una menor de 17 años dormida durante el toque de queda por la covid.

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La Audiencia de Málaga ha impuesto una pena de cinco años de prisión a un hombre por agredir sexualmente a una menor de 17 años mientras dormía, en unos hechos ocurridos durante las restricciones por la pandemia de covid en una localidad malagueña. Asimismo, el condenado deberá abonar a la víctima una indemnización de 30.000 euros.

De acuerdo con los hechos que se consideran probados en la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, la agresión tuvo lugar en marzo de 2021 en la vivienda del acusado, situada en Vélez, cuando este se quedó solo con la joven, a la que había conocido esa misma noche a través de amigos comunes.

La resolución judicial detalla que "favoreciéndose de que llegó la hora de toque de queda", decretado con motivo de la crisis sanitaria de la covid, el procesado se aprovechó de que la menor estaba profundamente dormida para violarla, "sin que en ningún momento constara consentimiento por parte de la víctima" para la realización de tales actos.

En un determinado momento, la menor se despertó, recogió su ropa y abandonó precipitadamente la vivienda para pedir ayuda. Como consecuencia de lo sucedido, la joven presenta dificultades para conciliar y mantener el sueño, reducción de sus relaciones sociales y pensamientos intrusivos relacionados con la agresión sufrida.

Por estos hechos, el tribunal condena al acusado a cinco años de cárcel, a la prohibición de acercarse a menos de 500 metros de la víctima y de comunicarse con ella durante ocho años, así como a una medida de libertad vigilada por el mismo periodo. En concepto de responsabilidad civil, se le impone el pago de 30.000 euros en indemnización por los daños morales ocasionados.

La sentencia recoge que tanto la defensa como el propio acusado manifestaron su conformidad con el escrito de acusación de la Fiscalía y de la acusación particular, aceptando íntegramente las penas solicitadas. De este modo, no fue preciso continuar con la vista oral y la resolución adquirió firmeza de manera inmediata.