Ciudadanos solicita a la jueza reiterar la citación de la periodista que almorzó con Mazón durante la dana

Ciudadanos pide que se vuelva a citar a la periodista que almorzó con Mazón durante la gestión de la dana, citando discrepancias en su testimonio.

La periodista Maribel Vilaplana (c) a su salida de los Juzgados de Catarroja, a 3 de noviembre de 2025, en Catarroja, ValenciaJorge Gil - Europa Press

Ciudadanos, actuando como acusación popular, ha presentado un documento ante la jueza de Catarroja en el que solicita una nueva citación para la periodista Maribel Vilaplana, quien compartió mesa con el ‘president’ de la Generalitat el 29 de octubre de 2024, el día de la inundación.

Consideran que las explicaciones dadas por Vilaplana el pasado 3 de noviembre no concuerdan con las del propietario del restaurante El Ventorro. Según el escrito, es esencial citar de nuevo a Vilaplana como testigo porque “las distancias entre ella y el señor Mazón en la sala donde comieron y estuvieron de sobremesa casi cuatro horas son mucho más cercanas de lo que se hizo pensar” en su declaración anterior, lo que implica que “sí que podía escuchar las conversaciones” que mantenía el ahora ‘president’ en funciones.

Además, se ha revelado recientemente que, según los registros de pago del aparcamiento y las horas de salida, la periodista “podría haber salido” a las 19.47 horas y, según publicaciones de Levante-EMV, “podría haber acompañado al sr. Mazón a las proximidades del Palau de la Generalitat”.

“Si este hecho fuere así, la sra. Vilaplana no habría contado la verdad en sede judicial, y habría permanecido más tiempo todavía junto con el presidente de la Generalitat el día 29 de octubre de 2024”, indica el documento. La acusación popular subraya que es “clave” investigar este hecho, según el auto de la Audiencia de Valencia del 16 de octubre de 2025, que ordenó tomar declaración como testigo a la periodista. Por esta razón, consideran “decisivo” acordar la solicitud de una nueva declaración, “sin perjuicio, de solicitar se investigue si la misma pudiere haber cometido un presunto delito de falso testimonio previsto y penado en el artículo 458 del Código Penal”.

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