El Juzgado de lo Penal número 1 de Vigo ha impuesto una multa de 1.080 euros a cada uno de los padres de un menor de nueve años por un delito de abandono de familia, al optar por educarlo en casa sin seguir un sistema educativo oficial.
Según la sentencia, los padres retiraron al niño de un centro público en Gondomar, donde estaba inscrito para el curso 2024-2025 en Educación Primaria, para educarlo en su residencia “sin utilizar siquiera sistema educativo externo alternativo al oficial”.
El veredicto expresa que los progenitores estaban “debidamente informados y plenamente conscientes de la obligatoriedad de la escolarización” y señala las “flagrantes carencias” en la educación que ellos proporcionaban en casa, carente de “la mínima capacitación ni adaptación, adecuación o control externo al sistema curricular”.
La decisión judicial subraya que esta acción ha comprometido “no solo el progreso académico” del menor, sino también su capacidad para avanzar hacia la Educación Secundaria Obligatoria (ESO) y obtener un título “imprescindible” para su futuro. En consecuencia, han “limitado sus oportunidades vitales”.
NO ES OPCIÓN LEGAL EN ESPAÑA
La sentencia recuerda que la educación domiciliaria no está permitida legalmente en España. La jueza destaca que los padres, al no seguir el modelo educativo oficial, han actuado según “sus personales criterios e ideas propias, sin método educativo alternativo al oficial mínimamente solvente y sin alguna objetividad valorativa”.
“Hay negligencia en la educación e incumplimiento en los deberes asistenciales básicos”, concluye la jueza. La resolución es apelable ante la Audiencia Provincial de Pontevedra.
