Condenado a más de 17 años de cárcel por matar a cuchilladas a un hombre en un bar de Boltaña (Huesca)

Un jurado popular condena a 17 años y medio de cárcel a un hombre por asesinar a cuchilladas a otro en un bar de Boltaña en octubre de 2023.

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Palacio de los Luna de Zaragoza, sede del Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA), de la Fiscalía Superior y de la Secretaría del Gobierno. EUROPA PRESS

Palacio de los Luna de Zaragoza, sede del Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA), de la Fiscalía Superior y de la Secretaría del Gobierno. EUROPA PRESS

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La resolución del Tribunal del Jurado, presidido por el magistrado Santiago Gimeno Fernández y dada a conocer en la mañana de este martes, impone a Sergio D.E. una pena de 17 años y 6 meses de prisión como autor de un delito de asesinato, al considerarse acreditado que acuchilló a Fernando U.S. en un bar de Boltaña. Los hechos tuvieron lugar en octubre de 2023.

La sentencia establece además una pena accesoria que le prohíbe fijar su residencia o acudir a la localidad de Boltaña durante 10 años, así como una medida de libertad vigilada por otros 10 años, que comenzará a computarse una vez cumplida la condena de cárcel. Igualmente, se le veta acercarse a los padres y hermanos del fallecido, Fernando U.S., a menos de mil metros.

En cuanto a la responsabilidad civil, el fallo obliga al condenado a indemnizar a los familiares del fallecido: a Francisco S. G. (padre), con 104.372,28 euros; a la madre, María Dolores C.O., con 100.552,84 euros; a la hermana, María Dolores S. C., con 21.995,93 euros, y al hermano, Francisco S.C., con 21.995,93 euros.

En los fundamentos jurídicos, el magistrado detalla en su sentencia que en los hechos sucedidos en la noche del 2 de octubre de 2023 concurre la circunstancia de alevosía, al haberse declarado probado que “el acusado asestó una puñalada a Fernando S.C. de forma repentina y sorpresiva, impidiendo que Fernando S.C. tuviera posibilidad de defenderse, atendiendo al grado de impregnación alcohólica que éste presentaba en el momento de la muerte”.

El juez concluye en su argumentación que no se aprecian circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal en la pena fijada, dado que “el Jurado ha sido contundente al considerar probado, por unanimidad, que el acusado, pese a haber bebido alcohol, no tenía mermadas sus capacidades, ni tenía afectación alguna de sus facultades intelectivas o volitivas, ni siquiera de forma ligera”.

Contra esta resolución cabe interponer recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Aragón, en el plazo de diez días.