La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Navarra ha impuesto una condena de cinco años de cárcel a un hombre por agredir sexualmente a la hija de 10 años de su anterior pareja sentimental en su domicilio de Pamplona en agosto de 2023. La sentencia, susceptible de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Navarra, prohíbe al condenado cualquier comunicación o acercamiento a la víctima por menos de 200 metros durante una década y establece una vigilancia de cinco años tras cumplir la condena. Además, deberá indemnizar a la víctima con 8.000 euros por daños morales.
En el juicio, la fiscalía demandó inicialmente 11 años por agresión sexual con penetración a una menor de 16 años y otros cinco por agresión sexual reiterada mediante tocamientos, mientras que la acusación particular solicitó 12 y 6 años respectivamente por ambos delitos. La defensa argumentó la inocencia del acusado. La Audiencia ha confirmado el delito de agresión sexual sin penetración, pero ha absuelto al acusado del cargo de tocamientos continuados.
El acusado, que había mantenido una relación sentimental con la madre de la menor y convivía con ella y sus hijas desde hacía unos tres años, fue acusado de realizar tocamientos indebidos a la niña un día después de haber pasado la noche en el domicilio de su expareja. Según el fallo, durante una estancia en la habitación, la chica le pidió que le rascara la espalda, momento que el hombre aprovechó para tocarla con intenciones lascivas. Sin embargo, no se demostró que hubiera otros tocamientos en circunstancias similares.
El tribunal ha destacado la credibilidad del testimonio de la menor, apoyado por pruebas periféricas como el ADN del acusado encontrado en la ropa exterior de la niña y un informe psicológico forense. Tras los hechos, el acusado dejó la vivienda sin dar explicaciones, lo que para los jueces refuerza la percepción de su culpabilidad.











