Condenado en Sevilla a más de 66 años de prisión por engañar a veinte menores en redes y obtener material sexual

Un hombre es condenado en Sevilla a más de 66 años de prisión por engañar a veinte menores en redes sociales y obtener de ellas material sexual.

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Imagen de archivo de la Audiencia Provincial de Sevilla. JUNTA DE ANDALUCÍA

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La Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Sevilla ha impuesto a un hombre una pena que supera los 66 años de prisión por hacerse pasar por un adolescente con identidades falsas en redes sociales para “engañar” a una veintena de chicas menores, de entre trece y dieciséis años, y conseguir que le enviaran vídeos e imágenes de carácter sexual, incluyendo fotografías de sus partes íntimas, en ropa interior o con zonas del cuerpo desnudas.

De acuerdo con la sentencia, consultada por Europa Press, el procesado, fingiendo ser un menor de unos quince o dieciséis años llamado 'Damián' o, en ocasiones, 'José', utilizó “de forma continuada la red social 'Likee' con la finalidad de localizar y contactar con menores de edad, iniciando conversaciones de apariencia inocua, centradas en el intercambio de datos personales tales como nombre, edad, lugar de residencia, aficiones y otros aspectos similares”.

El fallo detalla que, “una vez generado este primer acercamiento y bajo el pretexto de profundizar en el conocimiento mutuo, solicitaba a las menores que le facilitasen su número de Whatshapp, así como su contacto en redes sociales y aplicaciones”, trasladando así los contactos a “canales más directos y menos supervisados en los que llegó a crear hasta siete perfiles falsos, creando un clima ficticio de confianza”.

En ese contexto, “hacía creer a las víctimas que se comunicaban con otro menor de edad. El acusado reconducía así progresivamente el contenido de las conversaciones hacia un ámbito de naturaleza sexual, solicitando de manera reiterada que las menores le enviaran material de contenido sexual y, a su vez, les remitía imágenes de la misma natruraleza que tenía almacenadas y que atribuía a los supuestos 'Damián' o 'José'”.

Una vez que recibía las primeras imágenes y vídeos de carácter sexual, el condenado “incrementaba sus exigencias, solicitando a las menores la realización de conductas sexuales cada vez más específicas, llegando incluso a requerir el uso de diversos objetos de uso cotidiano para la ejecución de tales actos”.

En el teléfono móvil del acusado se intervinieron 15.119 archivos de contenido pedófilo, entre los que figuraban “las imágenes y vídeos obtenidos, los archivos generados por una aplicación para efectuar capturas y grabaciones de pantalla en los casos en los que las interacciones se producían mediante videollamadas, así como capturas de pantalla de perfiles de menores de edad en redes sociales”.

Tras el análisis de esos materiales y de los chats intervenidos se logró identificar a 20 menores, de entre 12 y 16 años, con las que había mantenido contacto, “llegando a conseguir que le enviase imágenes de sus pechos o zonas genitales”, además de otras fotografías de carácter sexual o posando en ropa interior.

El escrito pericial recoge que el acusado padece un trastorno parafílico por exhibicionismo y otro trastorno parafílico por pedifilia que “no suponen un menoscabo de las capacidades cognitivas o volitivas”. Sin embargo, “en el momento de los hechos, presentaba una situación de drogadicción de larga evolución que afectaba de manera relevanta a su capacidad volitiva”. Esa adicción, añade la resolución, “influyó en la ejecución de los hechos enjuiciados”.

Aunque el procesado no admitió los hechos “inmediatamente”, finalmente “efectuó un reconocimiento libre y veraz” de lo sucedido y prestó una “colaboración activa” con la Administración de Justicia, lo que permitió una conformidad “determinante” para agilizar el procedimiento.

En consecuencia, el tribunal lo condena a algo más de 66 años de prisión por dos delitos de elaboración de material de abuso infantil, catorce delitos agravados de elaboración de material de abuso sexual infantil, cuatro delitos de exhibicionismo y provocación sexual, tres delitos de agresión sexual a menor de 16 años, un delito de embaucamiento y dos delitos de embaucamiento con la intención de obtener material de abuso infantil.

Junto a las penas de cárcel, el hombre deberá indemnizar a cada una de las víctimas con cantidades comprendidas entre 3.000 y 15.000 euros, sumando un total de 112.000 euros en concepto de responsabilidad civil. El acusado ha mostrado su conformidad tanto con el escrito de acusación como con las penas impuestas y las indemnizaciones fijadas. La Sala ha apreciado una circunstancia atenuante analógica de drogadicción y otra atenuante analógica de confesión tardía.