La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife ha impuesto una pena de siete años y medio de prisión a un entrenador de baloncesto por abusar sexualmente de una jugadora menor de edad de su propio equipo. Se le considera responsable de los delitos de agresión sexual y acoso a menores utilizando medios tecnológicos. Según detalla el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, los hechos se desarrollaron entre junio de 2021 y marzo de 2022.
Además de la pena de cárcel, la sentencia establece la inhabilitación especial del condenado para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo mientras dure la condena. Igualmente, se le prohíbe desempeñar cualquier profesión, trabajo o actividad, remunerada o no, que implique contacto directo con personas menores de edad.
La resolución judicial también recoge la prohibición de acercarse a la víctima y de mantener cualquier tipo de comunicación con ella. Una vez cumpla la pena de prisión, el condenado quedará sometido a libertad vigilada durante otros siete años y medio.
En el ámbito de la responsabilidad civil, el tribunal fija que el condenado deberá abonar a la víctima una indemnización de 10.000 euros en concepto de daños y perjuicios.
Relación de confianza y comunicaciones por Whatsapp
El escrito de acusación, al que tuvo acceso Europa Press el pasado mes de septiembre, describe que entre el procesado y la menor se generó una relación de confianza total a raíz de los entrenamientos y de su papel como entrenador en los distintos partidos en los que participaba la jugadora.
A partir de esa relación, el acusado comenzó a mantener conversaciones con la menor a través de Whatsapp, utilizando para ello el número de teléfono de su padre, que él mismo manejaba. En un primer momento, los mensajes se centraban únicamente en cuestiones deportivas, pero, una vez consolidada la confianza y con la intención de satisfacer sus deseos sexuales, el procesado pasó a enviarle mensajes y audios en los que la instaba a mantener relaciones sexuales plenas.
Según el relato de la acusación, en una ocasión, tras concluir un entrenamiento en el polideportivo, ambos se dirigieron a los vestuarios aprovechando que se encontraban solos en las instalaciones. Fue entonces cuando iniciaron relaciones sexuales que se interrumpieron únicamente cuando la menor recibió una llamada telefónica de su madre.
La madre de la menor presentó denuncia ante la Policía, lo que dio lugar a la apertura de diligencias judiciales. El juzgado de instrucción acordó de forma inmediata, como medida cautelar urgente, la prohibición de que el procesado se acercara a la víctima o se comunicara con ella mientras avanzaba la investigación.











