El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ratificado la sentencia emitida por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Córdoba, que impone una pena de tres años de prisión a un joven de 18 años, por un delito de agresión sexual a una menor de 12 años en un municipio de Córdoba.
La resolución del TSJA rechaza los recursos de apelación presentados tanto por la defensa del acusado como por la acusación particular, manteniendo la decisión de la Audiencia de Córdoba. A pesar de esto, aún se permite la presentación de un recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
Los hechos se remontan al 2 de marzo de 2019, cuando el acusado invitó a su hogar a tres menores, incluida la víctima. En el domicilio, y tras quedarse a solas con la niña, el joven, “movido por el propósito de satisfacer sus deseos libinidosos”, cometió el delito, con pleno conocimiento de la edad de la menor, según se desprende del fallo.
La sentencia también subraya que el incidente ha causado un “perjuicio evidente en el desarrollo de la personalidad” de la menor, dado su temprana edad. Además, al acusado se le aplica una atenuante muy cualificada y se le impone la pena de libertad vigilada por dos años y seis meses, inhabilitación especial para profesiones que impliquen contacto directo con menores por dos años, privación de la patria potestad por dos años, una orden de alejamiento por cuatro años y una indemnización de 4.000 euros a la víctima por daños morales.