La Sección 1 de la Audiencia Provincial de Ávila ha impuesto una pena de cuatro años de prisión al responsable de un campamento infantil y juvenil de verano de la provincia por un delito de abuso sexual sobre un menor de 16 años, apreciando la agravante de prevalimiento al aprovechar su posición de superioridad como director del campamento.
La sentencia añade la prohibición de acercarse al menor, a su domicilio o a cualquier lugar donde este se encuentre a menos de 200 metros, así como de mantener contacto con él por cualquier medio, durante un periodo de cinco años.
El tribunal considera acreditado que el acusado se valió de su cargo para organizar una “cita a ciegas” ficticia y atraer al menor a su habitación privada mientras se desarrollaba el campamento, haciéndole creer que una niña del grupo le iba a dar un masaje.
El menor acudió a la estancia del director y este le indicó que, para recibir el masaje, debía tener “los ojos tapados y con las manos atadas porque la niña que le iba a dar el masaje era muy tímida y quería conservar su anonimato”. Tras atarlo y colocarle un antifaz, el director abandonó la habitación y regresó simulando que era la menor.
A continuación, el condenado comenzó a tocarle las piernas y los brazos, así como el pecho y el torso desde la parte superior, deslizando después la mano hacia la zona inferior en dirección a los genitales del menor. En ese momento, el chico, forzando los párpados y moviendo la cabeza, consiguió desplazar ligeramente el antifaz y comprobó que la mano que le tocaba era de un varón que llevaba un “sello” o anillo que identificó como el del director, por lo que le gritó que se detuviera, cosa que este hizo.
El menor logró desatarse y abandonar la habitación, encontrándose de nuevo con el director en el exterior, al que reprochó lo sucedido. Acto seguido se dirigió a la sala de monitores para pedir ayuda a su monitor de referencia, al que relató lo ocurrido; este informó inmediatamente al resto de profesores del campamento.
Los monitores pidieron explicaciones al director, que sostuvo que el masaje se lo había dado una niña cuya identidad se negó inicialmente a revelar. Finalmente, ante la presión de los profesores, facilitó el nombre de una de las participantes en el campamento, quien negó haber acudido nunca a la habitación del director para dar un masaje.
El menor, que en el juicio renunció a solicitar indemnización, requirió atención psicológica. Según se recoge en la resolución, a nivel cognitivo ha sufrido sintomatología intrusiva ocasional con recuerdos molestos recurrentes; en el plano afectivo-emocional, un intenso sentimiento de rabia hacia el director del campamento; y en el ámbito fisiológico-conductual, evitación de lugares que pudieran recordarle los hechos, si bien ha conseguido superar por completo dicha sintomatología y los padecimientos asociados.