Cuatro años de internamiento psiquiátrico para la mujer que mató a su hijo de seis años durante un brote psicótico agudo

Una mujer acepta cuatro años de internamiento psiquiátrico tras matar a su hijo de seis años durante un brote psicótico agudo en Jaén.

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La acusada ante el tribunal EUROPA PRESS

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Una mujer de 34 años que en abril de 2024 acabó con la vida de su hijo de seis años durante un "brote psicótico agudo" ha admitido los hechos y ha aceptado una medida de cuatro años de internamiento en un centro psiquiátrico. La decisión se ha adoptado tras incorporarse a la causa tres informes periciales que coinciden en que, en el momento del suceso, sus capacidades intelectivas y volitivas estaban gravemente afectadas por un estado de enajenación mental.

El caso iba a ser enjuiciado por un tribunal del jurado como un delito de asesinato, pero la aplicación de la eximente completa de alteración psíquica implica que la acusada queda exenta de responsabilidad penal por dicho delito.

El artículo 20.1 del Código Penal establece que está exento de responsabilidad criminal "el que, al tiempo de cometer la infracción penal, a causa de cualquier anomalía o alteración psíquica, no pueda comprender la ilicitud del hecho o actuar conforme a esa comprensión".

En consecuencia, y conforme al artículo 101.1 del Código Penal, el Ministerio Fiscal únicamente ha podido solicitar como medida de seguridad el "internamiento psiquiátrico por tiempo máximo de cuatro años sin perjuicio de su mantenimiento, cese sustitución por otras medidas en función de la peligrosidad de la acusada".

Esto supone que la mujer no está obligada a permanecer los cuatro años completos internada, ya que su salida anticipada dependerá de la valoración que realice el equipo terapéutico del centro psiquiátrico.

Junto a ello, se le ha impuesto como medida accesoria una libertad vigilada de cinco años, que incluye la prohibición de comunicarse por cualquier medio y de acercarse a menos de 200 metros a su hijo, además de la obligación de seguir tratamiento médico externo de salud mental.

En el ámbito de la responsabilidad civil, deberá abonar a su hijo una indemnización de 15.000 euros en concepto de daño moral por la muerte de su hermano pequeño.

La conformidad se ha formalizado en la sala de vistas de la Audiencia de Jaén, donde la procesada ha aceptado las medidas solicitadas por la Fiscalía, a las que se ha sumado su defensa. En el procedimiento no se había personado acusación particular.

En febrero de 2025, el Juzgado de Instrucción número 1 de Jaén acordó su libertad provisional, tras permanecer en prisión preventiva desde abril de 2024. Desde entonces acude al juzgado los días 1 y 15 de cada mes, continúa con su tratamiento psiquiátrico y se remite cada 15 días un informe de salud mental al órgano judicial.

El abogado defensor, Francisco Navea, ha manifestado a los medios que el acuerdo "era de esperar" porque los sucesivos informes del Instituto de Medicina Legal "otorgaban una eximente completa respecto de la responsabilidad penal". "No nos quedaba más que llegar al acuerdo. Ella asumía la culpa y ella asumía la pena", ha apuntado el letrado.

Ha señalado también que la acusada "siempre declaró que había cometido los hechos", aunque en un primer momento dijo no recordar nada y solo posteriormente, con el tratamiento, ha llegado a reconocerlos. "No creo que incluso ella sea consciente aún de lo que ha ocurrido", ha dijo el abogado, que ha calificado la causa como "muy compleja" desde el punto de vista técnico, al tratarse, según ha indicado, de la primera eximente completa que se admite en la Audiencia de Jaén y "la quinta a nivel de España".

Los hechos

Los hechos tuvieron lugar el 29 de abril de 2024, cuando el 061 acudió a una vivienda de la calle Frente a Jesús, número 2, ante un posible intento de suicidio. Al acceder al domicilio, los servicios de emergencia hallaron a la mujer en la cama con varias heridas de arma blanca, aparentemente autoinfligidas, y junto a ella el cuerpo sin vida de un niño de seis años.

Mientras que por el menor no se pudo hacer nada, la madre fue trasladada al Hospital Neurotraumatológico para ser atendida de las lesiones de arma blanca y quedó ingresada en la unidad de psiquiatría.

Según el escrito del Ministerio Fiscal, durante la madrugada la acusada "sufrió un brote psicótico agudo con predominio de ideas delirantes de tal intensidad que afectó totalmente a sus facultades intelictivas y volitivas, anulándolas y percibiendo una realidad falsa". En ese estado mental, que "alteraba totalmente la realidad que percibía", mató a su hijo de seis años, que dormía con ella, al que asfixió con la almohada.