Dos años de cárcel por delito de odio al instar por correo a no contratar a inmigrantes

Un vecino del Valle de Baztan es condenado por delito de odio a dos años de prisión por correos a empresas en los que pedía no contratar a inmigrantes.

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Fachada del Palacio de Justicia de Pamplona. Eduardo Sanz - Europa Press

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La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Navarra ha impuesto una pena de dos años de prisión y una multa de 720 euros a un vecino de un municipio del Valle de Baztan por un delito de odio, al haber enviado entre 2020 y 2023 correos electrónicos a distintas empresas instándolas a no contratar a personas inmigrantes.

El acusado admitió los hechos al inicio de la vista oral, celebrada el pasado día 16. La sentencia, dictada tras el acuerdo alcanzado entre la Fiscalía y la defensa, recoge que, “con la firme voluntad de impulsar y estimular activamente la discriminación y exclusión de personas extranjeras, entre las que, según su visión, se incluye también a las personas inmigrantes nacionalizadas españolas, confeccionó un escrito que remitió a través de correo electrónico a distintas entidades, conminándoles a que contrataran solo a personas nacionales y que, además, sustituyeran los inmigrantes de su plantilla por personas nacionales españolas, especificando que no debía contratarse a personas 'marroquís'”.

En numerosas ocasiones, para reforzar ese prejuicio y tratar de convertirlo en una negativa real de contratación, el procesado respondió con ese mismo mensaje a ofertas de empleo que las empresas habían publicado previamente en internet.

La resolución judicial detalla que los correos enviados perseguían difundir un sentimiento de rechazo hacia la población inmigrante, al anunciar la elaboración de un registro de compañías con “demasiados” trabajadores extranjeros contratados, “con el fin de que la gente tuviera conocimiento de ello, vinculando así, veladamente, ese conocimiento al consumo”.

El envío reiterado de estos mensajes por parte del condenado alcanzó una notable repercusión pública en redes sociales, donde generó comentarios sobre su contenido discriminatorio y motivó muestras de rechazo de terceras personas que denunciaban su carácter xenófobo.

Para tratar de compensar el daño ocasionado a los destinatarios del correo original “y como forma de restaurar la convivencia social y las normas democráticas de convivencia”, según precisa la sentencia, el acusado remitió posteriormente un nuevo mensaje.

En ese segundo correo señalaba: “Por este medio, quisiera disculparme porque entiendo que el contenido del mismo ha contribuido al clima de odio y prejuicio hacia la comunidad de inmigrantes, y ha causado un dolor significativo y un sentimiento de inseguridad y rechazo hacia los mismos. Le comunico que voy a reconocer mi responsabilidad en los hechos de acusación en la causa penal dirigida contra mí por estos hechos, ya que, además, ello contribuye a mi compromiso de promover un entorno de respeto, tolerancia y convivencia, propias de nuestro Estado social y democrático de derecho”.

El tribunal considera que los hechos probados encajan en un delito cometido con ocasión del ejercicio de los derechos fundamentales y libertades públicas amparados por la Constitución, apreciando además la atenuante muy cualificada de reparación del daño.

En aplicación del acuerdo entre las partes, la Audiencia Provincial ha decidido dejar en suspenso la ejecución de la pena de prisión, condicionada a que el condenado no vuelva a delinquir en un plazo de 2 años y complete un programa formativo específico en materia de igualdad.