La Conselleria de Educación y Formación Profesional de la Generalitat ha decidido apartar de sus funciones a Santiago Laiglesia, investigado por el asesinato de Helena Jubany en diciembre de 2001 en Sabadell (Barcelona) y que permanece en prisión provisional, comunicada y sin fianza desde el pasado viernes, según han señalado a Europa Press fuentes del departamento.
Estas fuentes detallan que Laiglesia estaba destinado desde 2022 en los Servicios Territoriales del Vallés Occidental (Barcelona), tras obtener su plaza ese mismo año, y subrayan que «no tenía contacto con alumnos» y que sus cometidos eran fundamentalmente de carácter administrativo.
Desde la Conselleria puntualizan que, ‘de facto’, se encuentra suspendido de empleo y sueldo mientras esperan la notificación formal del auto de ingreso en prisión. Una vez recibida, «se le suspenderá oficialmente en la fecha que marque la interlocutoria».
Antes de incorporarse a Educación, Laiglesia llevó a cabo funciones como técnico de apoyo en la Secretaría General del Consejo de Relaciones Laborales de Catalunya, organismo adscrito a la Conselleria de Empresa y Trabajo. No obstante, a preguntas de Europa Press, desde este departamento remarcan que «hace tiempo» que no forma parte de su estructura.
Prisión provisional por el caso Jubany
La magistrada titular del Juzgado de Primera Instancia 2 de Sabadell (Barcelona), que instruye el ‘caso Jubany’, decretó el pasado viernes su ingreso en prisión provisional al estimar que «aparecen en la causa motivos bastantes para creer responsable criminalmente del delito investigado a Santiago Laiglesia».
En relación con el hallazgo de ADN compatible con el de Laiglesia en el jersey que vestía la víctima la madrugada en que fue asesinada, la jueza recuerda que los investigados nunca manifestaron haber coincidido con Jubany en los días inmediatamente previos a su muerte y, «mucho menos, haber tenido un contacto físico directo o íntimo» que pudiera explicar la presencia de restos genéticos en su ropa.
Por este motivo, la instructora sostiene que el nuevo indicio «permite situarle en el lugar de los hechos y en el momento de producirse, revelando de forma objetiva un contacto físico entre el investigado y la fenecida», algo que considera compatible tanto con una agresión como con una maniobra de desvestir a la víctima antes de ser arrojada al vacío, lo que en cualquier caso, argumenta, apuntala su presunta implicación.
En el auto, la jueza precisa que, aunque se trata de una prueba basada en marcadores del cromosoma Y que no posibilita una identificación individual absoluta, sí permite concluir con «un grado de probabilidad racionalmente próximo a la certeza» que ese ADN masculino resulta compatible con el de Laiglesia.










