El actor Luis Lorenzo será juzgado en junio por el supuesto maltrato a un familiar de su exmujer

Luis Lorenzo será juzgado en junio en Madrid acusado de aislar y maltratar a una familiar de su exmujer, cuyo fallecimiento sigue sin causa clara.

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Arancha Palomino y Luis Lorenzo. Antonio Gutiérrez - Europa Press

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El intérprete Luis Lorenzo se sentará en el banquillo a partir del 3 de junio en la Audiencia Provincial de Madrid, acusado de maltrato a un familiar de su exesposa, al que habría aislado en mayo de 2021 de forma “sistemática” tras su traslado desde Asturias a Rivas-Vaciamadrid y sometido a un “trato vejatorio” hasta su fallecimiento, según han señalado a Europa Press fuentes jurídicas.

En marzo de 2025, la magistrada dictó auto de apertura de juicio oral por la presunta comisión por parte de Luis Lorenzo de un delito contra la integridad moral y un delito continuado de administración desleal; o, de forma alternativa, de un delito continuado de estafa agravada; además de un delito de detención ilegal o de coacciones y otro de maltrato habitual en el ámbito familiar.

En relación con Palomino, se la procesó por la presunta comisión de los mismos delitos atribuidos a Arantxa Palomino y, adicionalmente, por un delito de falsedad documental; así como por la posible comisión, por parte de la cuidadora, de un delito contra la integridad moral; o del de detención ilegal o coacciones y un delito de maltrato.

La Fiscalía reclama para Luis Lorenzo y Arantxa Palomino seis años de prisión por el delito contra la integridad moral y por el delito continuado de administración desleal. El 28 de junio de 2021 la mujer murió en la vivienda de los acusados sin que se haya podido determinar la causa concreta del fallecimiento.

La acusación particular, representada por el abogado Jaime Sanz de Bremond, interesa para el actor una pena de diez años y seis meses de cárcel por un delito continuado de estafa agravada, otro de detención ilegal o coacciones y el de maltrato habitual en el ámbito familiar. Para Arantxa Palomino solicita once años de prisión por esos mismos delitos y por un delito adicional de falsedad en documento oficial.

La defensa de Luis Lorenzo y Palomino en el juicio correrá a cargo del letrado Juan Gonzalo Ospina, tras un cambio de abogado. Ospina ha intervenido en otros procedimientos de gran repercusión mediática, como la acusación particular en el caso de Daniel Sancho en nombre de la familia de la víctima, Edwin Arrieta.

EFECTO POTENCIADOR DE LOS FÁRMACOS

En su escrito, el abogado de la familia sostiene que Luis Lorenzo y Arantxa Palomino convencieron a la tía de esta para que se trasladara desde Grado, donde residía sola de manera autónoma e independiente, hasta el domicilio de la pareja en Rivas (Madrid), “con la intención de poder utilizar en su propio beneficio el dinero de su tía” y apropiarse de su patrimonio.

Según el letrado, ya instalada en Rivas, Arantxa Palomino recurrió a llamadas telefónicas a médicos distintos de los asignados a Isabel en su lugar de residencia, facilitando datos que no se ajustaban a la realidad, de forma que en apenas tres meses y medio se le prescribieron a su tía 34 recetas oficiales y se emitieron 19 hojas de medicación.

De esta manera, obtuvieron diversos medicamentos que, siempre según la acusación, la propia Arantxa y Luis Lorenzo habrían administrado a la anciana, “impidiendo que ella retornara, como era su deseo, a su domicilio en Grado y la mantuvieron hasta su fallecimiento, contra su voluntad, en la casa de ellos en Rivas, alejada de su entorno, retirándole su bolso y teléfono móvil, aislándola, impidiéndole mantener contacto telefónico” con el resto de su familia.

El escrito añade que, durante los tres meses y medio en los que convivió con ellos, la mujer fue sometida a “un trato absolutamente vejatorio, privándola de los cuidados y atenciones más básicos, teniendo especialmente en cuenta el estado de vulnerabilidad en el que la cantidad de medicación suministrada y consiguiente progresivo deterioro cognitivo la colocaba”.

Así, se relata que los acusados no se ocuparon de su higiene ni de su aseo adecuados, que durante ese periodo Isabel tuvo que dormir en la cama de uno de los menores, pese a no caber en ella, y que se le vetó el uso de los dos cuartos de baño de la vivienda, por “lo que se vio obligada a bajar al garaje del edificio para utilizar un pequeño cuarto de baño comunitario allí existente para su aseo y necesidades”.

NULIDAD DEL TESTAMENTO

El abogado Sanz de Bremond detalla cómo, cuando Isabel se encontraba ingresada el 7 de mayo de 2021 en el servicio de urgencias del Hospital Ramón y Cajal de Madrid, Arantxa firmó el alta voluntaria en lugar de la paciente, haciéndose pasar por ella y “mintiendo sobre el motivo de solicitarla”, para trasladarla con Luis Alfonso a una notaría donde Isabel, ya diagnosticada de demencia severa y sin que el notario fuera advertido de su situación clínica, otorgó un testamento cuya nulidad reclama el letrado de la acusación, “sin capacidad para ello, o en cualquier caso condicionada e inducida por la maquinación de la acusada”, en el que legaba a Arantxa su vivienda de Grado y la totalidad de su dinero.

Días más tarde, los acusados lograron que Isabel firmara en la misma notaría, igualmente sin capacidad para ello, un poder a favor de Arantxa que le permitía disponer del dinero que su tía tenía en su cuenta bancaria, supuestamente para costear los gastos asistenciales necesarios. Según la acusación, ese poder también se utilizó para retirar fondos en beneficio propio.

El informe definitivo de la autopsia calificó la muerte como violenta/homicida por intoxicación aguda de metales pesados, concretamente Cadmio y Manganeso.

No obstante, el escrito recuerda que, “al variar los resultados postmortem en función de la ubicación del muestreo y del intervalo entre la muerte y la toma de muestras, y haberse realizado toma de sangre central pero no de sangre periférica, no se puede saber si se produjo una redistribución postmorten”.

Se concluyó asimismo que las lesiones histopatológicas halladas en encéfalo y corazón no tenían entidad suficiente para justificar por sí solas la causa del fallecimiento, por lo que no ha sido posible determinarla de forma concluyente.

En relación con la muerte, el letrado entiende que no puede excluirse “una situación de efecto potenciador” entre los fármacos detectados en la autopsia, cuyos efectos adversos “hubiesen podido ser los responsables de la muerte de la mujer”.

En concreto, el abogado detalla que se localizaron hasta cuatro antipsicóticos, un ansiolítico y dos antidepresivos, de los cuales uno no figuraba prescrito, otro había sido suspendido y otros dos constan en periodos en los que no estaban pautados, sin que se conozca, respecto a dos de ellos, si los niveles toxicológicos eran meramente terapéuticos.

RELATO DEL FISCAL

De acuerdo con el escrito del Ministerio Público, el 8 de marzo de 2021 la pareja acudió al domicilio donde residía la tía de la mujer y, una vez allí, consiguió convencerla para que se trasladara con ellos a su vivienda, en el municipio de Rivas-Vaciamadrid.

“Para ello, le hicieron creer que precisaban su ayuda para el cuidado de sus hijos y que solamente pasaría fuera de su casa unos pocos días”. Una vez en el domicilio, según el fiscal, ambos comenzaron a aislar a la víctima de manera “sistemática”.

La mantuvieron alejada de sus hermanos y sobrinos, que continuaban en el Principado de Asturias, y le impidieron comunicarse telefónicamente con ellos, “a pesar de que los mismos trataron de manera reiterada de comunicarse con ella”.

DETERIORO COGNITIVO

Además, la acusación pública subraya que la pareja se aprovechó de que la tía de Arantxa se encontraba fuera de su entorno habitual y del deterioro cognitivo que padecía, cuya gravedad se incrementó de forma “fulminante” desde su llegada a Rivas-Vaciamadrid, “habiendo sido apreciado un episodio de demencia en agosto de 2020 por los servicios sanitarios de la Comunidad de Madrid”.

Junto a ese aislamiento, los acusados la habrían sometido a un trato “absolutamente vejatorio”, privándola de cuidados y atenciones elementales. Durante ese periodo, según el fiscal, ni siquiera le administraron la medicación conforme a la pauta establecida.