El acusado de entrar en casa de su expareja pese a la orden de alejamiento alega que fue con su beneplácito

El acusado de allanamiento y quebrantamiento en A Coruña admite que entró en casa de su expareja, pero asegura que lo hizo con su consentimiento.

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El procesado por un delito de violación de morada y por quebrantamiento de condena en A Coruña, en el marco de un procedimiento de Violencia sobre la Mujer, ha admitido que accedió al domicilio de la denunciante, aunque sostiene que lo hizo con el “beneplácito” de ella. “Fue ignorancia por mi parte y exceso de confianza”, ha indicado ante el tribunal, reiterando que se declara inocente de los delitos que se le atribuyen.

“Me dio su conformidad a través de una tercera persona, una intermediaria”, ha señalado en referencia a una amiga común, durante la segunda sesión del juicio con Tribunal de Jurado en la Audiencia Provincial de A Coruña. Su versión choca con la aportada el día anterior por la mujer, que afirmó ante el tribunal que no le había dado “autorización de ningún tipo para que entrase en el piso”.

El acusado ha vuelto a admitir que accedió a la vivienda. “No lo niego, no lo he negado en ningún momento”, ha recalcado respecto al allanamiento. Ha explicado que “yo tenía llaves del portal y de la vivienda, fui para recoger enseres personales de la niña”, relatando que la menor estaba con él disfrutando del período vacacional que le correspondía y que necesitaba ropa de abrigo.

En su declaración, ha insistido en que desconocía que con esa conducta estaba vulnerando la orden judicial. “En mi ignorancia, siempre pensé que si ella no estaba presente podía incumplir la norma de acercarme al domicilio”, ha reiterado, añadiendo que “fue una especie de encerrona”.

En esta sesión también ha comparecido una perito que elaboró un informe pericial sobre el estado físico y psicológico de la mujer en el momento del allanamiento, a partir de la documentación médica existente en el Sergas. Según ha expuesto, “presentó un cuadro de ansiedad en un período de un mes”, para después precisar que, pasado ese tiempo, “no existió derivación a psiquiatría ni agravamiento mayor” de su situación mental.

Relación previa y orden de protección

El escrito de la Fiscalía detalla que el hombre mantuvo una relación sentimental con la denunciante, hasta que en febrero de 2020 se acordó judicialmente una orden de protección a favor de ella. Dicha resolución incluía la prohibición de que él se comunicase con su expareja y de que se aproximase a menos de 300 metros de la mujer o de su vivienda.

Pese a ello, el Ministerio Público sostiene que, en julio de 2020, el acusado se presentó en el portal del edificio en el que residía la presunta víctima, en A Coruña, coincidiendo allí con ella y con la hija de ambos. Además, en uno de esos días, habría pasado en varias ocasiones por la zona, tanto caminando como en coche, conducta que, según la acusación, se repitió en agosto. En ese periodo, uno de los días habría llegado a entrar en el piso de la mujer sin contar con su permiso.

Para la Fiscalía, “el acusado cometió los hechos con sus plenas facultades volitivas y con sus plenas facultades intelectivas”, por lo que solicita una condena de un año, tres meses y un día de prisión, además del abono de una indemnización de 600 euros a la afectada. La acusación particular reclama una pena superior, que supera los dos años de cárcel.

La defensa, por su parte, pide la libre absolución del encausado. De forma subsidiaria, en caso de que el jurado lo considere responsable de alguno de los delitos imputados, la letrada solicita que se le apliquen las atenuantes de error de prohibición, dilaciones indebidas y reconocimiento de los hechos, lo que implicaría una reducción de las penas reclamadas.