El juez del caso Leire Díez aparta a García Castellón y a Aldama al no verles como perjudicados

El juez del caso Leire Díez excluye a García Castellón y a Aldama como acusaciones particulares al no apreciar que sean perjudicados en la causa.

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La exmilitante del PSOE Leire Díez a su llegada a los juzgados de la Plaza Castilla. MATIAS CHIOFALO

La exmilitante del PSOE Leire Díez a su llegada a los juzgados de la Plaza Castilla. MATIAS CHIOFALO

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El magistrado que instruye el llamado 'caso Leire Díez' ha decidido excluir de la causa, como acusaciones particulares, al juez jubilado Manuel García Castellón y al empresario Víctor de Aldama, supuesto conseguidor del 'caso Koldo', al concluir que no han resultado perjudicados por las supuestas maniobras atribuidas a la exmilitante socialista.

En un auto al que ha tenido acceso Europa Press, el juez Arturo Zamarriego emplaza a ambos a que, “si consideran haber sido víctimas”, presenten la querella correspondiente para que esos hechos se investiguen de forma específica. Al mismo tiempo, el instructor les abre la puerta “de personarse” en este procedimiento en calidad de acusación popular.

El pasado noviembre, el juzgado había admitido que tanto García Castellón como Aldama actuaran como acusaciones particulares al entender entonces que podían ser “víctimas o perjudicados” en esta investigación. En ella se analiza si Díez encabezaba una “actuación delictiva, continuada y coordinada” para “recabar información comprometida o irregular de los mandos de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil y de la Fiscalía Anticorrupción” con el objetivo de “anular o malbaratar” las pesquisas en “casos relevantes que afectan a políticos y empresarios”.

Respecto a Aldama, el juez recuerda que su defensa sostiene que el empresario habría sido víctima de un posible delito de revelación de secretos. No obstante, el instructor puntualiza que los hechos que se describen “no guardan relación con los que motivaron la incoación de la presente causa, presuntos delitos de cohecho y trafico de influencias”.

Falta de concreción en la personación de García Castellón

En relación con García Castellón, el magistrado subraya que en su escrito de personación “no hay concreción de ningún hecho que avale su condición de perjudicado en las presentes más allá de indicar que, de diversos artículos periodísticos, se desprendería que” Díez, “presuntamente difundió informaciones presuntamente falsas y todo con la finalidad de menoscabar el honor y la buena e intachable imagen del mismo”.

A juicio del instructor, “resulta evidente que dicho menoscabo, de tener en su caso relevancia penal, sería un presunto delito de injurias, ajeno al objeto de la presente causa”.

El juez se niega a asumir otra investigación

En otro pronunciamiento, el juez Arturo Zamarriego ha estimado el recurso formulado por la defensa de Díez y ha rechazado la inhibición planteada por el Juzgado de Instrucción Número 2 de Badajoz, devolviendo las diligencias a dicho órgano. El instructor precisa que “no es competente” para hacerse cargo de esas actuaciones.

Ese juzgado había remitido a los Juzgados de Madrid la querella presentada por la organización Hazte Oír contra la exmilitante socialista Leire Díez y el exjuez Luis Sáez de Tejada, en la que se les atribuían presuntos delitos de revelación de secretos, estafa procesal, cohecho y tráfico de influencias.

En dicha querella, Hazte Oír les acusaba de “intentar sabotear la causa” abierta contra el hermano de Pedro Sánchez en el Juzgado de Instrucción número 3 de Badajoz, y apuntaba a su “interés obsesivo” por apartar a la jueza Beatriz Biedma de esta causa.