El juez Peinado mantiene que el caso Begoña Gómez lo resuelva un jurado popular y convoca a las partes el 1 de abril

El juez Peinado mantiene que el caso de Begoña Gómez lo juzgue un jurado popular y cita a investigados y acusaciones el 1 de abril.

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El magistrado Juan Carlos Peinado se reafirma en su intención de que la causa abierta contra Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, sea enjuiciada por un tribunal con jurado popular si finalmente se abre juicio oral, y ha citado para ello a los investigados, a la Fiscalía y a las acusaciones el próximo 1 de abril.

En un auto de 47 páginas, al que ha tenido acceso Europa Press, el juez, que instruye la causa contra la mujer de Sánchez por supuestos delitos de tráfico de influencias, corrupción en los negocios, apropiación indebida de marca, intrusismo y malversación, acuerda además acumular en una misma causa la investigación de los hechos y la pieza separada relativa a un "hipotético delito de malversación de caudales públicos" atribuido a Gómez y a su asesora en Moncloa, Cristina Álvarez.

Conviene recordar que la Audiencia Provincial de Madrid paralizó en febrero la decisión de Peinado de encaminar el procedimiento hacia un juicio con jurado popular, como pretendía el instructor, al estimar un recurso de la defensa de la esposa del jefe del Ejecutivo contra esa resolución. Entonces, los magistrados de la Audiencia Provincial señalaron que no existían "indicios racionales de criminalidad" que avalaran esa vía.

En esta nueva resolución, el instructor sostiene que "se ha podido comprobar hasta el presente momento de la investigación la concurrencia de indicios de los elementos de los delitos que son competencia del tribunal del jurado".

Peinado expone en el auto que Begoña Gómez "habría venido aprovechando su proximidad al presidente del Gobierno" para "impulsar su proyección profesional" en la Universidad Complutense de Madrid, "obteniendo para ello una interlocución singular con responsables" del centro, "empresas patrocinadoras" y "entidades del sector tecnológico".

Subraya que su condición de pareja de Sánchez "influye en la conducta de cualquier ciudadano" debido al "poder que su esposo tiene para determinar la toma de decisiones".

La cátedra universitaria y el papel de su asesora

Paralelamente, el juez recalca que Gómez "recababa apoyo, financiación, colaboración y respaldo institucional y empresarial" para "la creación, desarrollo y expansión" de una cátedra universitaria de la que, según sostiene, se habría apropiado de forma indebida.

Según el auto, "se pide y consigue que se cree específicamente, para su dirección, una cátedra extraordinaria, y al amparo de esta situación de capacidad de decisión de su esposo, contrata a su amiga e investigada, Cristina Álvarez, a la que utiliza no sólo para cuestiones protocolarias o institucionales, sino para sus actividades privadas".

En este punto, el magistrado afirma que Álvarez "era percibida por terceros no como una asistente protocolaria" de la esposa del presidente, sino como una "persona integrada en el equipo de trabajo de la cátedra" y del proyecto tecnológico asociado al 'software'.

El auto aclara que su finalidad no es "anticipar un hipotético auto de apertura de juicio oral o sobreseimiento" sino "verificar la verosimilitud" de los hechos bajo investigación, y apunta que Gómez, aprovechando su condición de esposa de Sánchez, habría remitido escritos "sugiriendo, directa o indirectamente, la adjudicación de concursos públicos" con el objetivo presunto de "beneficiar" al empresario Juan Carlos Barrabés, también investigado en la causa.

Firma de documentos y relación con Barrabés

En esa línea, el instructor sostiene que las diligencias practicadas han permitido comprobar la "integración funcional" de Barrabés "en el proyecto académico de la cátedra" mientras "sociedades de su grupo resultaban beneficiadas por adjudicaciones públicas avaladas o apoyadas por Begoña Gómez".

Al mismo tiempo, destaca la "captación de financiación y ventajas de empresas con intereses o vínculos con el sector público", un conjunto de hechos que, según el auto, "presenta rasgos susceptibles de integración" en posibles delitos de tráfico de influencias y corrupción en los negocios.

Peinado añade que Gómez suscribió "documentos técnicos y pliegos vinculados" a licitaciones públicas y al desarrollo del 'software' "pese a carecer de habilitación técnica o administrativa para ello", lo que, a su juicio, muestra "rasgos susceptibles" de encajar en delitos de apropiación indebida e intrusismo profesional.

Un giro en la carrera de Gómez tras la llegada de Sánchez a Moncloa

El juez considera "verdaderamente trascendental" que Sánchez asumiera la Presidencia del Gobierno en 2018 "para colegir" un eventual tráfico de influencias. En ese contexto, sostiene, se habría producido "un cambio inmediato y significativo en la trayectoria profesional" de Gómez.

Hasta esa fecha, recuerda el instructor, la esposa del presidente del Gobierno se encontraba "vinculada al ámbito laboral privado del márketing y la consultoría" en una empresa, "de la que solicitó una excedencia" en 2018.

Según el auto, tras la investidura de Sánchez "se produce un cambio radical" en la carrera de Gómez. "Apenas dos meses después de abandonar la entidad mercantil" en la que prestaba servicios "fue nombrada directora del IE Africa Center, estableciendo vínculos con la Organización Mundial del Turismo y con la Hub/StartUp Wakalua SL, ámbito en el que coincide" con Barrabés.

Peinado recoge que Barrabés declaró que había "acudido a la Moncloa alguna vez a verla" y que lo hizo invitado "para tratar bien cuestiones relativas al máster impulsado por Begoña Gómez, bien asuntos de carácter empresarial con Pedro Sánchez". Para el juez, este extremo "sitúa los primeros contactos profesionales entre ambos en el ámbito mismo de la residencia oficial del presidente del Gobierno".