El proceso judicial por el asesinato a tiros de un joven en octubre de 2022 a la salida de una discoteca de Fuenlabrada ha quedado visto para sentencia, tras unas conclusiones finales en las que las defensas han centrado su estrategia en la ausencia de pruebas “sólidas” y en que la acusación se apoya en “conjeturas” derivadas de llamadas telefónicas, pese a que se solicitan penas de prisión permanente revisable.
Corresponderá ahora al jurado popular deliberar sobre la posible culpabilidad de los cuatro procesados, uno de ellos señalado como presunto autor intelectual y jefe del coro del barrio madrileño de Campamento de los Dominicans Don't Play (DDP).
Las defensas han pedido la absolución de todos los acusados al considerar que no ha quedado demostrada su participación, y han reprochado que la base probatoria descanse en la interpretación que la Policía Nacional hace de las conversaciones telefónicas intervenidas tras el crimen.
La Fiscalía, por su parte, ha mantenido su calificación inicial y reclama prisión permanente revisable para el considerado cerebro del ataque, al que atribuye la planificación del homicidio.
En su alegato final, el representante del Ministerio Público ha defendido que existe un “conjunto amplio de indicios incriminatorios” que, a su juicio, demostrarían la implicación de los acusados tanto en la estructura delictiva como en la ejecución del asesinato.
Elementos que apoyan la acusación
En su intervención, el abogado de la acusación particular, el letrado Jose Andrés Cervera, ha señalado como piezas clave las escuchas telefónicas, el análisis de los teléfonos móviles y el material incautado en los registros, entre ellos imágenes de los procesados con armas y símbolos asociados a la banda.
También ha resaltado la localización de documentación interna sobre el régimen de funcionamiento de la organización en uno de los domicilios, así como un libro de contabilidad que, según sostiene, reflejaría la estructura y dinámica del grupo.
La acusación mantiene que la banda contaba con una jerarquía definida, normas internas y mecanismos de control, incluidos castigos autoimpuestos, lo que reforzaría la calificación de organización criminal. Además, ha incidido en la supuesta adquisición de armas y munición, así como en la existencia de vídeos y mensajes que, a su entender, muestran apología de la violencia y una intención de dominio territorial.
Otro de los puntos señalados es la declaración de uno de los implicados que conducía la furgoneta utilizada en el ataque, quien en sede policial habría señalado directamente al principal encausado como autor intelectual, indicando que dio instrucciones sobre el desplazamiento y la ejecución del crimen.
Críticas de las defensas a la solidez de los indicios
Frente a ello, las defensas han puesto en duda la consistencia de la tesis acusatoria, denunciando que se basa en inferencias y no en pruebas directas y concluyentes. Han recalcado que no se han aportado evidencias que demuestren órdenes concretas para cometer el asesinato ni una estructura jerárquica claramente acreditada.
El abogado del principal acusado ha cuestionado que se pretenda construir una “certeza moral” a partir de indicios que, en su opinión, presentan contradicciones y no alcanzan el nivel probatorio exigible para dictar una condena.
Ha subrayado que las identificaciones policiales en actuaciones anteriores no derivaron en responsabilidades penales y que no existe prueba directa que vincule a su defendido con la preparación del crimen ni con el supuesto liderazgo dentro de la banda.
En la misma línea, ha insistido en que no hay acreditación suficiente de su intervención en los hechos ni de su rol en la organización, tildando la acusación de meras conjeturas. Asimismo, ha cuestionado la lectura que se hace de las comunicaciones telefónicas y la valoración de los indicios presentados por la Fiscalía.
El abogado Pablo Corral, defensor del considerado cómplice del principal procesado, ha sostenido que las llamadas telefónicas en las que se apoya la acusación no demuestran ni cooperación ni conocimiento de su cliente sobre los hechos enjuiciados.
“La complicidad no se presume ni se puede construir con sospechas. La sospecha no condena”, ha manifestado, reclamando al jurado popular un veredicto de inocencia para su patrocinado.
Contexto del crimen y deliberación del jurado
El procedimiento se centra en el asesinato de un joven frente a una discoteca de Fuenlabrada, en un ataque que, según la investigación policial, estaría vinculado a enfrentamientos entre bandas juveniles.
La acusación, integrada por el fiscal y el abogado de la familia de la víctima, sostiene que el homicidio fue organizado como represalia contra la banda de los trinitarios, mientras que las defensas niegan cualquier vínculo organizado de sus clientes con estos hechos.
Con el juicio ya concluido, el jurado popular deberá retirarse a deliberar y emitir un veredicto que fijará la posible responsabilidad penal de los procesados.