El juicio por los vertidos de Sniace se repetirá desde el 13 de abril

La Audiencia de Cantabria ordena repetir parcialmente el juicio por los vertidos de Sniace al Saja-Besaya a partir del 13 de abril.

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El procedimiento judicial por los vertidos contaminantes de Sniace al Saja-Besaya se volverá a celebrar a partir del lunes 13 de abril, después de que la Audiencia Provincial de Cantabria anulara parcialmente la vista oral y la sentencia que impuso tres meses y medio de prisión a los exconsejeros de la compañía de Torrelavega y al jefe de operaciones por los vertidos al río entre 2008 y 2010 sin autorización.

El primer juicio se desarrolló en el Juzgado de lo Penal n.º 2 de Santander y la nueva vista tendrá lugar ante la Plaza 2 del Tribunal de Instancia de este partido judicial. Las sesiones se prolongarán durante dos semanas a partir de las 9.00 horas, según han indicado fuentes jurídicas a Europa Press.

La Sección Primera de la Audiencia cántabra decidió hace casi dos años, en verano de 2024, volver a dejar sin efecto en parte el plenario y el fallo por los vertidos de Sniace, ordenando retrotraer las actuaciones al órgano sentenciador para completar la prueba con la declaración testifical de Francisco Martín, consejero de Medio Ambiente del Gobierno regional en el momento de los hechos, y de Miguel Gómez de Liaño, que también formó parte del Consejo de Administración de Sniace.

La comparecencia de ambos debía practicarse ante el mismo Juzgado —presidido entonces por el juez José Hoya Coromina, ya jubilado— para que dictara de nuevo la sentencia de instancia, valorando esas nuevas testificales junto con la prueba de descargo y el resto de pruebas ya practicadas.

Ese magistrado enjuició los hechos en febrero de 2021 y en septiembre dictó el fallo que condenaba al expresidente de Sniace Blas Mezquita, a otros seis antiguos consejeros de la sociedad (Jesús Manuel Zaballa, Manuel Huerta, Antonio Temes, Víctor Guzmán, Julio A. García y Juan Yago) y al entonces jefe de operaciones de la planta (José Francisco González), a este último como autor penalmente responsable de un delito contra el medio ambiente, mientras que a los anteriores les atribuyó la comisión por omisión.

Pese a ello, a todos se les impuso la misma pena, además de siete meses de inhabilitación para actividades vinculadas con vertidos al medio natural, y fueron condenados igualmente a indemnizar a la Confederación Hidrográfica del Cantábrico (CHC) por los daños ocasionados, quedando la empresa como responsable civil subsidiaria.

Sin embargo, un año más tarde, en octubre de 2022, la Audiencia cántabra dejó sin efecto la sentencia de instancia —en la que se aplicaba la atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas— y ordenó completar la actividad probatoria citando como testigos a Martín y a Gómez de Liaño, así como reforzar la fundamentación de la acusación contra el exjefe de operaciones.

Meses después, en enero de 2023, el entonces titular del Juzgado de lo Penal 2 volvió a ratificar su sentencia, pese a haber sido anulada por el tribunal superior y sin haber practicado las testificales ordenadas, lo que llevó a los exconsejeros a recurrir nuevamente ese fallo.

La misma Sala, la Sección Primera de la Audiencia Provincial, resolvió los recursos de apelación y los estimó parcialmente, al dejar de nuevo sin efecto parte del juicio y de la sentencia para completar la prueba y dictar una nueva resolución.

Además, los magistrados acordaron remitir al Consejo General del Poder Judicial copia de la sentencia y de las dos anteriores, con el fin de poner en conocimiento del órgano de gobierno de los jueces la actuación del juez de lo Penal 2 de Santander por si pudiera derivarse algún tipo de responsabilidad.