El Tribunal Supremo (TS) ha acordado la medida cautelar reclamada por la Comunidad de Madrid, presidida por Isabel Díaz Ayuso, para exigir al Gobierno que, en un plazo máximo de 30 días, garantice el acceso y la permanencia en el Sistema Nacional de Acogida de Protección Internacional de los menores no acompañados que actualmente se encuentran bajo la tutela de los servicios de protección de menores de dicha comunidad.
La decisión se recoge en un auto de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, al que ha tenido acceso Europa Press, y se circunscribe a los menores no acompañados que hayan solicitado protección internacional o que hayan expresado su intención de hacerlo, “con la necesaria colaboración y cooperación de la comunidad autónoma requirente”.
El Supremo establece que todas las actuaciones “deberán desarrollarse bajo el principio del superior interés del menor” y ordena al Gobierno informar al alto tribunal, una vez transcurrido ese mes, de las gestiones realizadas para dar cumplimiento a lo exigido.
En este procedimiento, la Comunidad de Madrid interpuso un recurso contencioso-administrativo contra la desestimación del requerimiento que había formulado en julio al Ejecutivo central para que adoptara las medidas reclamadas y, de forma paralela, pidió la medida cautelar que ahora ha sido estimada.
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