La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha ratificado el decreto dictado por el ex fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, por el que se imponía una sanción económica de 800 euros a una abogada fiscal que hizo llegar, en el marco de su labor profesional, un borrador de sentencia a un medio de comunicación.
En su resolución, a la que ha tenido acceso Europa Press, el alto tribunal rechaza en su totalidad el recurso presentado por la fiscal expedientada, que denunciaba vulneraciones en el procedimiento seguido en su contra y en el fondo del asunto, al entender que en la filtración a la prensa no se había desvirtuado la presunción de inocencia mediante una prueba de cargo basada en indicios.
La fiscal sostenía que se había pasado por alto un elemento de descargo relevante que, a su entender, restaba fuerza a los indicios manejados y abría la puerta a hipótesis alternativas lógicas y verosímiles en su beneficio.
Los hechos probados de la resolución disciplinaria señalan que la abogada fiscal comunicó por vía telefónica a la acusación particular el sentido del borrador de una sentencia, concretamente la correspondiente al sumario penal 15/2020 tramitado en la Audiencia Provincial de Barcelona por un delito de agresión sexual cometido sobre un hombre.
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