La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha confirmado la condición de personal laboral fijo de una trabajadora del Departamento de Educación del Gobierno de Navarra que, desde 2010, había ido encadenando contratos administrativos temporales a pesar de cubrir necesidades de carácter estructural y permanente.
Según detalla la resolución judicial, la empleada venía trabajando como profesora de Música y Artes en el Conservatorio Profesional Pablo Sarasate de Pamplona mediante una sucesión de contratos administrativos de duración determinada durante más de 12 años, después de haber superado un proceso selectivo público, aunque sin llegar a obtener plaza en propiedad.
El Juzgado de lo Social de Pamplona dio la razón a la trabajadora y reconoció desde el inicio de la relación, en septiembre de 2010, la naturaleza de personal laboral fijo en su vínculo con la Administración foral.
No obstante, el Gobierno de Navarra recurrió este fallo y el Tribunal Superior de Navarra estimó el recurso de suplicación, declarando que los órganos del orden social carecían de competencia para resolver el litigio y que el asunto debía ser conocido por la jurisdicción contencioso-administrativa.
Frente a esa decisión, la afectada interpuso un recurso de casación para la unificación de doctrina, sosteniendo que existía contradicción entre la sentencia recurrida y otra previa dictada por la propia Sala de lo Social del Tribunal Superior de Navarra.
Al examinar el recurso, el Tribunal Supremo ha optado por confirmar íntegramente el criterio del Juzgado de lo Social de Pamplona y, al mismo tiempo, ha decidido casar y dejar sin efecto la sentencia del Tribunal Superior de Navarra.
Además, el Alto Tribunal reafirma en su sentencia que “cuando se aprecia una grave irregularidad en la contratación administrativa al punto de que a través de la aplicación de las normas administrativas se eluden las disposiciones laborales y se enmascara u oculta la verdadera naturaleza del vínculo contractual laboral, la competencia del orden social es indiscutible e irrenunciable”.
Relevancia para miles de empleados públicos temporales
Desde Unive Abogados consideran que este fallo tiene un alcance relevante para “miles” de trabajadores temporales en el sector público, ya que la sentencia “refuerza la protección jurídica de quienes llevan años encadenando contratos temporales en la Administración para cubrir puestos estructurales”.
El despacho subraya que esta resolución se integra en una corriente jurisprudencial cada vez más asentada que cuestiona las prácticas de contratación abusiva en algunas administraciones públicas y facilita que numerosos profesionales en circunstancias análogas puedan acudir a los tribunales para reclamar el reconocimiento de su verdadera situación laboral.
Asimismo, destacan que el criterio del Supremo incide en que las Administraciones públicas “no pueden eludir la aplicación del Derecho laboral mediante fórmulas contractuales administrativas cuando concurren los elementos propios de una relación laboral ordinaria”.