El Tribunal Supremo ha confirmado la condena por homicidio imprudente impuesta a un joven conductor por un siniestro de tráfico ocurrido en 2017 en A Coruña, en el que falleció uno de los ocupantes del turismo. La resolución mantiene, en lo esencial, los términos fijados en su día por la Audiencia Provincial coruñesa.
Según la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, el alto tribunal rechaza el recurso de casación planteado por varios de los ocupantes del vehículo contra el fallo de la Audiencia de A Coruña, que había estimado solo de forma parcial la apelación frente a una resolución anterior dictada por el Juzgado de lo Penal número 2.
Este juzgado, en noviembre de 2021, había dictado una sentencia condenatoria por un accidente registrado en julio de 2017, cuando varios jóvenes viajaban en un coche que previamente ya había protagonizado incidentes en las calles de A Coruña por la conducción inadecuada de su conductor.
El fallo describe que el acusado permitió que en el turismo viajasen cinco ocupantes, pese a tratarse de un vehículo homologado para cuatro plazas “y, por ello, disponía de cuatro cinturones de sujeción”. Una vez en los accesos a la ciudad herculina, el conductor “hizo circular intencionadamente el vehículo a una velocidad muy superior a la permitida”, lo que provocó la pérdida de control del coche, con el resultado de una persona fallecida y múltiples fracturas en otros ocupantes.
Por estos hechos, el conductor fue condenado como autor de un delito de homicidio imprudente a la pena de un año y tres meses de prisión; como responsable de un delito de lesiones a otro año y tres meses de cárcel, y por un delito de lesiones por imprudencia grave a cuatro meses de prisión, además de la obligación de abonar las correspondientes indemnizaciones civiles.
Al resolver los recursos de apelación, la Audiencia de A Coruña modificó parcialmente la sentencia del Juzgado, limitándose a revocar la pena de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por cinco años y a sustituirla por una condena de dos años de privación del derecho de conducir por el delito de homicidio imprudente. El resto de pronunciamientos condenatorios se mantuvo sin cambios.