El Supremo confirma la prisión permanente revisable a José Reñones por el doble asesinato de su pareja y su bebé en Cantabria

El Supremo confirma la prisión permanente revisable y otros 25 años de cárcel a José Reñones por el asesinato de su expareja y su bebé en Liaño.

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El condenado por matar a su pareja y bebé en Liaño de Villaescusa César Ortiz - Europa Press

El condenado por matar a su pareja y bebé en Liaño de Villaescusa César Ortiz - Europa Press

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El Tribunal Supremo ha confirmado íntegramente la resolución del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria contra José Reñones, condenado por el asesinato de su pareja y de la hija de ambos en diciembre de 2021 en Liaño de Villaescusa. La sentencia mantiene la pena de prisión permanente revisable, a la que se suman otros 25 años de cárcel fijados por la Audiencia Provincial tras el veredicto de un jurado popular por el doble crimen.

En la resolución, suscrita por los magistrados Andrés Martínez Arrieta, Manuel Marchena, Andrés Palomo, Eduardo de Porres y Vicente Magro –este último como ponente–, el alto tribunal resalta que existe prueba suficiente para sostener ambas condenas. Subraya que se trata de la primera ocasión en la que se aplica la pena máxima en Cantabria y concluye que el tribunal del jurado valoró correctamente el material probatorio, motivo por el que desestima el recurso de Reñones.

El TS recuerda que en los hechos probados se describe al recurrente como “persona corpulenta y de gran envergadura, y quien no aceptaba la decisión de la mujer de poner fin a la convivencia, "le atacó por sorpresa" cuando ésta entraba con la niña en la finca, "no pudiendo ésta hacer nada"”.

La sentencia detalla que “El recurrente las golpeó de forma brutal, reiterada y violenta y con el fin de aumentar su dolor, les dio puñetazos y patadas por la cabeza, cara y cuerpo clavando a la madre de forma indiscriminada un arma blanca monocortante”. Esa “brutal paliza” causó la muerte de la madre, mientras que la niña falleció por estrangulamiento y, posteriormente, el agresor también le clavó el arma.

El fallo añade que el condenado, “quien durante la relación había mantenido comportamientos despectivos autoritarios y despreciativos hacia su pareja y hacia su hija, las mató en un acto de dominación machista”.

Por este motivo, el Supremo enfatiza que en el relato fáctico se constata un asesinato de su expareja como crimen de género y el de su hija en un contexto de violencia de género reduplicada, unido a un claro componente de violencia vicaria.

El tribunal apunta que “el temor de la mujer a que pudiera hacer daño a la hija se comprobó en la forma en la que ejecutó ambos crímenes y sus sentimientos de repulsa hacia la menor, que quedaron comprobados en el cruel crimen”.

En la misma línea, remarca que “Las mató por razones de género y odio evidente a su propia hija ante una violencia de género y vicaria mixta reduplicada, lo que evidencia la maldad humana en la ejecución de estos hechos”.

La Sala considera que “el mensaje estaba claro en éste y en otros casos que se repiten”, al constatar que la decisión de la mujer de romper la relación es “contestada” mediante un crimen de género y vicarial.

Según la sentencia, “Los actos realizados declarados probados se enmarcan en un contexto de dominación del recurrente sobre su pareja que llega al extremo de acabar de forma cruel con la vida de su propia hija con la indefensión que tiene”.

Asimismo, el Supremo subraya que los hechos “podían haberse evitado” dado que existía un quebrantamiento de la orden de alejamiento, “lo que debía haber conllevado la inmediata detención del recurrente al vulnerar la orden judicial”. Recuerda que era “evidente la peligrosidad del sujeto que estaba reiterando el quebrantamiento, lo que dejaba claro el elevado riesgo que conllevaba permitir que pudiera acercarse a las víctimas como lo hizo”.

El tribunal concluye insistiendo en que “los hechos son sumamente graves en un contexto de dominación del hombre sobre su expareja por el hecho de ser mujer y por querer seguir controlándola a ella, incluso por medio de la violencia sobre la hija”.