Tribunales

El Supremo decidirá el 15 de enero si mantiene la prisión provisional de Koldo García

El Supremo revisará el 15 de enero los recursos de Ábalos y Koldo contra su prisión provisional por los contratos de material sanitario en pandemia.

5 minutos

El Supremo decidirá el 15 de enero si mantiene la prisión provisional de Koldo García

Publicado

5 minutos

El Tribunal Supremo ha fijado el 15 de enero para revisar los recursos de apelación presentados por el exministro de Transportes José Luis Ábalos y su antiguo asesor ministerial Koldo García contra la orden de ingreso en prisión provisional dictada por el instructor.

La Sala de lo Penal ha señalado para ese día, a las 10.30 horas, la vista en la que se estudiará el recurso de Ábalos y, a las 11.00 horas, una segunda comparecencia para analizar el de Koldo frente a la decisión del magistrado Leopoldo Puente de enviarlos a prisión provisional, comunicada y sin fianza, conforme a dos providencias a las que ha tenido acceso Europa Press.

Puente decretó el pasado 27 de noviembre el encarcelamiento del exministro y de su exasesor al apreciar un riesgo "extremo" de fuga ante la cercanía del juicio que se celebrará contra ambos y el empresario Víctor de Aldama por supuestas irregularidades en contratos públicos para la adquisición de material sanitario durante la pandemia.

En su recurso, al que ha tenido acceso esta agencia, la defensa de Koldo solicita al Supremo que anule la medida de prisión provisional y acuerde su puesta en libertad, ofreciéndose a abonar una fianza para salir de la cárcel y defendiendo que su aumento patrimonial está "justificado" por sus ingresos.

El abogado de García reclama que se declare la nulidad tanto de la prisión provisional como del auto de procesamiento por el presunto cobro de comisiones a cambio de favorecer a determinadas empresas en la adjudicación de contratos de material sanitario licitados por el Ministerio de Transportes durante la crisis sanitaria.

El exasesor sostiene que "el incremento patrimonial real es tres veces menor y se encuentra justificado por los ingresos legítimos", por lo que entiende que "el principal indicio material de la desproporcionalidad económica --que fundamenta la malversación y el blanqueo-- se desvanece de forma crítica".

"Ello reduce la intensidad con la que se debe valorar el riesgo de fuga. La prisión provisional, en estas circunstancias, es insostenible por el principio de proporcionalidad", añade en su escrito.

Koldo pide ser excarcelado "con las medidas cautelares personales de comparecencias quincenales y prohibición de salir de España con entrega de pasaporte", las mismas que tenía antes de su ingreso en la prisión de Soto del Real (Madrid).

En caso de que la Sala no acoja su petición principal, plantea "alternativamente" que se acuerde su libertad provisional bajo fianza, "cuya cuantía se determine por el tribunal, manteniendo las medidas cautelares subsidiarias mencionadas en el punto anterior".

Asimismo, reprocha que el auto de prisión provisional "asume las conclusiones de la acusación sin verificar la solidez de los elementos incriminatorios ni la justificación del riesgo extremo".

DICE QUE EL PSOE LE REEMBOLSÓ 127.000 EUROS

La defensa de Koldo descarta que pueda entorpecer la investigación, al considerar que "las fuentes de prueba ya han sido recabadas y formalizadas", y niega también riesgo de reiteración delictiva, dado que "los hechos imputados están circunscritos a un contexto temporal y funcional específico (su posición como asesor de un aforado), del que ya se encuentra apartado por lo que la reiteración sería de todo punto imposible".

Además, subraya que el juez alude a "una supuesta ingente cantidad de dinero no encontrada sin sustento probatorio y silenciando el reembolso de gastos de la Secretaría de Organización del PSOE" de 127.000 euros "en los años analizados".

"Corroborado por dos testigos que por separado afirmaron que mi mandante era el responsable del manejo de ese efectivo procedente del PSOE, y por tanto de origen legal para él, lo que explicaría la procedencia del dinero utilizado por mi mandante", señala la defensa.

También incide en que la manifestación del tercer procesado, Aldama, sobre la supuesta entrega de 10.000 euros mensuales a Koldo no tiene "corroboración patrimonial alguna ni ninguna otra prueba más allá de su simple declaración".

García recuerda igualmente que adelantaba gastos al exministro que "eran reembolsados posteriormente por transferencia bancaria o en persona, método de compensación a través de sobres (utilizando tres sobres para diferenciar los gastos del Ministerio, del partido y los personales de Ábalos)".

Y resalta que "ha quedado acreditado" que el "esfuerzo económico real" de Koldo y su expareja Patricia Uriz, investigada en la Audiencia Nacional, "que sí ha sido justificado con ingresos y ahorros lícitos, se redujo a 98.421 euros", siendo "el único capital propio que debe ser objeto de justificación de origen, quedando el resto cubierto por la deuda legalmente contraída".

El recurso pone también el foco en el "fuerte arraigo personal y familiar, injustamente desestimado", indicando que vive "con su hija menor de cinco años y atiende a su madre viuda de 86, impedida y necesitada de cuidados básicos para poder desenvolverse en el día a día", lo que, a su juicio, actúa como "un contrapeso" en "la valoración del riesgo de fuga".

Koldo reivindica que "ha cumplido todas las exigencias (presentaciones, retirada del pasaporte y prohibición de salida de España) desde que fue llamado al proceso, sin variación de sus circunstancias personales que justifique el cambio a prisión", y rechaza que exista posibilidad real de huida a países como "México, Venezuela, Colombia y Georgia, con los que España posee tratados de extradición".

ESTIMA FALTA DE COMPETENCIA DEL SUPREMO

Por otro lado, la defensa aprecia "falta de fijación previa de competencia" en el Supremo. Sostiene que "tanto la investigación de PCRs como de test covid, que se investigan en la Audiencia Nacional y en la que resultan involucrados tanto mi defendido como Ábalos, deberían estar siendo investigados en el Supremo en base a que es quien tiene el suplicatorio para investigar estos hechos", en referencia al aforamiento de Ábalos, que continúa siendo diputado en el Congreso.

García reclama que el Supremo asuma "toda la causa", al destacar que en las diligencias de la Audiencia Nacional se menciona también a "otras personas de alto rango político relacionadas indiciariamente con estos hechos" y apunta a Francina Armengol, presidenta del Congreso y expresidenta de Baleares, que pudo "haber participado en favorecer contrataciones públicas (incluyendo las relativas a las pruebas de detección) con la empresa Megalab Eurofins, gracias a las influencias de Koldo".

Según el escrito, el procesamiento ha dado lugar a "escritos exagerados" de las acusaciones --la Fiscalía Anticorrupción y las acusaciones populares impulsadas por el PP-- en los que "se contienen solicitudes de años desorbitados de prisión, que son la justificación que se emplea en el auto recurrido para decir que procede la prisión provisional en base al inexistente riesgo de fuga".