El Tribunal Supremo ha reafirmado la sentencia que condenó al ex fiscal general Álvaro García Ortiz por revelación de secretos tras rechazar los incidentes de nulidad presentados por la Abogacía del Estado y la Fiscalía
La resolución se adopta con el voto particular de las magistradas Susana Polo y Ana Ferrer, quienes consideraban que la sentencia debía ser anulada y García Ortiz absuelto.
Condena
García Ortiz fue sentenciado en noviembre pasado a dos años de inhabilitación para el cargo, acompañado de una multa de 7.200 euros y una indemnización de 10.000 euros, al considerar el Supremo que el ex fiscal participó en la filtración de datos reservados del abogado de Alberto González Amador, pareja de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso.
La Sala de lo Penal subraya que la libertad de expresión institucional no ampara la publicación de datos confidenciales, independientemente de que la información tuviera relevancia pública o buscara defender la credibilidad de la Fiscalía.
Defensa de García Ortiz
El ex fiscal general alegó que su actuación perseguía proteger la institución frente a ataques y defendió que la libertad de expresión institucional debía ser amplia, incluso para admitir errores o excesos, sin que ello derivara en responsabilidad penal.
No obstante, los magistrados replicaron que la necesidad de respaldar al Ministerio Fiscal no justifica un exceso que implique delito, y recordaron que García Ortiz “no puede responder a una noticia falsa mediante la comisión de un delito”.
Voto particular
Las magistradas Polo y Ferrer mantuvieron un voto particular discrepante. Señalaron que los periodistas testigos habían tenido conocimiento del correo con los datos antes de la publicación de la nota informativa, lo que, a su juicio, cuestiona la antijuridicidad de la conducta del ex fiscal.
Asimismo, destacaron que la nota publicada “no incorporaba ni revelaba información que no fuese ya conocida públicamente”, lo que, según ellas, afecta a la presunción de inocencia de García Ortiz.
Con esta decisión, el Tribunal Supremo ratifica la condena a García Ortiz, mientras que las magistradas discrepantes resaltan la necesidad de considerar la información ya conocida y la presunción de inocencia. La resolución marca un equilibrio entre la defensa institucional del Ministerio Fiscal y la protección de los datos confidenciales, reafirmando la obligación de los cargos públicos de respetar la legalidad penal en la difusión de información sensible.