El Tribunal Supremo ha ofrecido al eurodiputado y dirigente de Se Acabó La Fiesta (SALF), Luis 'Alvise' Pérez, la posibilidad de comparecer voluntariamente en la causa abierta a raíz de la querella presentada contra él por presuntos delitos de acoso y revelación de secretos. La denuncia fue interpuesta por dos eurodiputados que concurrieron a las elecciones europeas de 2024 bajo las siglas de SALF y a los que el alto tribunal ha citado como querellantes para el próximo 12 de enero.
En un auto al que ha tenido acceso Europa Press, el magistrado Manuel Marchena acuerda la apertura de diligencias previas con el fin de esclarecer los hechos, que la Sala de Admisión ya había considerado de forma indiciaria, en una resolución dictada el pasado mes de octubre, como susceptibles de encajar en esos presuntos delitos.
En calidad de instructor, Marchena traslada la querella y las actuaciones practicadas a 'Alvise' y le emplaza para que, en el plazo de cinco días, comunique si desea prestar declaración voluntaria antes de que el Parlamento Europeo pueda otorgar la preceptiva autorización para proceder penalmente contra él. Al mismo tiempo, ordena poner en marcha los trámites necesarios para solicitar ese permiso a la Eurocámara.
Paralelamente, el juez fija para el 12 de enero la comparecencia de los dos eurodiputados querellantes, Diego Solier y Nora Junco, quienes abandonaron posteriormente la formación y se incorporaron al grupo parlamentario de Conservadores y Reformistas Europeos.
Cuarta investigación abierta contra Alvise en el Supremo
El Supremo acordó admitir a trámite la querella presentada el pasado 27 de junio por los eurodiputados, siguiendo el criterio favorable de la Fiscalía, y la dirigió contra el líder de SALF.
Esta causa se suma a otras tres investigaciones ya abiertas en el alto tribunal contra 'Alvise'. Hasta la fecha, se le investiga por difundir una PCR falsa del exministro de Sanidad y actual presidente de la Generalitat catalana, Salvador Illa; por un supuesto acoso en redes sociales a la fiscal coordinadora de delitos de odio, Susana Gisbert; y por la presunta financiación ilegal de SALF, vinculada a los 100.000 euros aportados por el empresario Álvaro Romillo, conocido como 'CryptoSpain'.
En la querella ahora admitida, los eurodiputados sostenían que llevaban tiempo siendo objeto de una "continua campaña de hostigamiento" en redes sociales a raíz de los mensajes que 'Alvise' había difundido sobre ellos, tanto en un pódcast como en un canal de Telegram. Aseguraban, además, que habían llegado a "temer por su integridad física" al haberse hecho públicos datos sobre el lugar donde se hallaban o los destinos a los que se dirigían.
Según relataron, tras la filtración de sus direcciones de correo electrónico, números de teléfono y perfiles en redes sociales, comenzaron a recibir una "ingente" cantidad de mensajes ofensivos y/o amenazantes, lo que les generó "una continua sensación de inseguridad" y les obligó a modificar "sus hábitos o rutinas".
El Supremo detalla que, como consecuencia de esta situación, cerraron algunas de sus cuentas en redes sociales, en otras restringieron la posibilidad de que terceros comentaran, dejaron de responder llamadas de números desconocidos y empezaron a recibir "miles" de correos electrónicos con insultos y amenazas.
Los eurodiputados explicaron que todo ello afectaba "significativamente" a su "labor parlamentaria y la propia de su ordinaria vida familiar", además de provocarles "del constante miedo o intranquilidad que les generaba el poder ser abordados en ese contexto por la calle por cualquier desconocido".
Llamamientos al hostigamiento y difusión de datos personales
La Sala de lo Penal consideró que la conducta atribuida a 'Alvise' encajaría en esos tipos penales, "habida cuenta de las explícitas llamadas del mismo -ya personalmente en el mencionado podcast, ya a través del canal de la aplicación Telegram que lleva su nombre y que, indiciariamente, él mismo gestiona o dirige- a que un grupo muy numeroso de seguidores expresara y desarrollara una actitud repetidamente hostil" hacia los eurodiputados.
Para el Supremo, "aparece indiciariamente justificado que a través de los mencionados canales, y para llevar a término su inicial propósito", 'Alvise' "pudo haber facilitado y hecho público aspectos personales e identificativos concernientes a dichas personas".
Asimismo, el tribunal resalta que esa conducta se habría mantenido "sin que cesara en su actitud después de que muchos de sus seguidores hubieran reflejado explícitamente la intención de alterar el normal desarrollo de vida de los querellados, reiterando sus llamamientos a que resultaran hostigados como reacción a su posición política".
El Supremo apreció "una intención voluntaria y consciente de comprometer, de manera significativa, el normal desarrollo de la vida cotidiana de sus víctimas, a partir de la persecución que pudieran desplegar las numerosas personas que llegaran a sentirse concernidas por su llamamiento público".
En este contexto, el auto recoge literalmente una de las frases pronunciadas por 'Alvise' el pasado 20 de abril en el pódcast 'Eclécticos Worldwide': "Perseguidles y pedirles explicaciones. Y si tenéis que gritarle en un bar que eres un criminal, que eres un corrupto y que has votado a favor del rearme, tenéis que hacerlo vosotros, porque no lo puedo hacer yo, lo tiene que hacer la gente que nos ha votado".