El Supremo niega la suspensión urgente del decreto de regularización extraordinaria de migrantes

El Supremo rechaza la suspensión urgente del decreto de regularización extraordinaria de migrantes y tramitará las cautelares por el cauce ordinario.

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Fachada del Tribunal Supremo. En imagen de archivo. ALBERTO ORTEGA / EUROPA PRESS

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El Tribunal Supremo (TS) ha decidido no acceder a la petición de suspensión cautelarísima del real decreto sobre la regularización extraordinaria de migrantes planteada por la Asociación por la Reconciliación y la Verdad Histórica (ARVH).

Según consta en un auto al que ha tenido acceso Europa Press, la Sala de lo Contencioso-Administrativo rechaza la solicitud de la asociación, “consistente en la suspensión inmediata de la vigencia del real decreto impugnado, sin audiencia previa de la Administración, por concurrir circunstancias de especial urgencia”.

En su recurso, la ARVH invocaba un supuesto “riesgo cierto de perjuicio irreparable”, la “tramitación de un volumen extraordinario de solicitudes”, la “generación de situaciones jurídicas individualizadas” y la “concesión de autorizaciones de residencia y trabajo”.

No obstante, los magistrados sostienen que “ninguna de las anteriores alegaciones justifica que se suspenda la vigencia del real decreto impugnado sin previa audiencia de la parte demandada”.

La Sala concluye que “en este caso no se acredita la concurrencia de las circunstancias de especial urgencia” y opta por tramitar la pieza de medidas cautelares por la vía ordinaria, otorgando al Gobierno un plazo de 10 días para que presente sus alegaciones.

El tribunal subraya además que, para la parte recurrente, “bastaría con la entrada en vigor de una norma al día siguiente de su publicación para apreciar la urgencia”, frente a lo que recuerda que “la urgencia no puede derivar de la fecha de entrada en vigor de una disposición”.

Peticiones de suspensión y requerimiento al Ministerio

La actuación de la ARVH no es la única que ha llegado al Alto Tribunal: la organización Hazte Oír también ha solicitado la suspensión cautelar de la regularización extraordinaria de migrantes, al considerar que rebasa los límites legales y “altera de forma estructural la política migratoria del Estado, con efectos directos y duraderos”.

En el marco de este procedimiento, el Supremo ha ordenado al Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes que remita “en el improrrogable plazo” de 20 días “el expediente administrativo” relativo al real decreto de regularización extraordinaria.

El Ejecutivo aprobó el pasado martes dicho real decreto, del que se beneficiarán 250.000 solicitantes de asilo y otras 250.000 personas en situación administrativa irregular, según señalaron fuentes del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.