El Tribunal Supremo ha ratificado la condena a 15 años de cárcel impuesta a un hombre por agredir sexualmente durante meses al hijo menor de su pareja en Almería, en los periodos en los que se quedaba a solas con el adolescente, principalmente cuando la madre se ausentaba del domicilio por motivos laborales.
El Alto Tribunal ha decidido inadmitir el recurso de casación presentado por la defensa al entender que todas las objeciones planteadas se formularon “ex novo per saltum”, ya que dichas alegaciones no fueron expuestas en las fases de apelación previas, lo que impide a la Sala entrar a valorarlas en casación.
De este modo, la resolución, a la que ha tenido acceso Europa Press, mantiene la condena por un delito continuado de agresión sexual a menor de 16 años, por el que el condenado deberá abonar a la víctima 50.000 euros en concepto de daños morales.
Además, se le prohíbe cualquier tipo de comunicación o acercamiento al menor durante 20 años, periodo en el que tampoco podrá ejercer oficios ni actividades que impliquen trato con menores. La sentencia le priva de la patria potestad durante seis años y fija otros diez años adicionales de libertad vigilada.
El hombre convivía desde 2016 con su pareja, madre de tres hijos, entre ellos el menor afectado, con el que comenzó a mantener prácticas sexuales cuando este tenía unos 15 años —a partir del verano de 2020—, aprovechando la diferencia de edad, la convivencia en la misma vivienda y la relación sentimental que mantenía con la madre del chico.
La sentencia de instancia declara que el acusado actuó “en contra de la voluntad del menor” y “sin consentimiento” del mismo para “satisfacer sus deseos sexuales”, con prácticas que se fueron endureciendo con el paso del tiempo y para las que incluso llegaba a inmovilizarlo.
Para llevar a cabo los abusos, el condenado se valía de los momentos en los que ambos permanecían solos en la casa, en especial los domingos por la tarde, cuando la madre del menor estaba ausente por trabajo. Esta situación se extendió, al menos, hasta febrero de 2021. Como resultado de los hechos, la víctima padece graves alteraciones psicológicas, emocionales y de conducta.