El Supremo ratifica la multa de 2.000 euros a una jueza por insultar y humillar a sus compañeros

El Supremo avala la multa de 2.000 euros a una jueza de Nules por insultos, humillaciones y comentarios sexuales a funcionarios de su juzgado.

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Fachada del Tribunal Supremo durante la segunda jornada del juicio al fiscal general del Estado, a 4 de noviembre de 2025, en Madrid (España).  Fernando Sánchez - Europa Press

Fachada del Tribunal Supremo durante la segunda jornada del juicio al fiscal general del Estado, a 4 de noviembre de 2025, en Madrid (España). Fernando Sánchez - Europa Press

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U.P.L. 3 +3 53.805 4.35%
XAV 1 = 11.307 0.91%
SY 1 -2 8.728 0.70%
IU-MS-VQ 0 = 27.605 2.23%
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El Tribunal Supremo ha ratificado la sanción de 2.000 euros impuesta a una jueza destinada en Nules (Castellón) por menospreciar de forma reiterada a varios miembros de su equipo, a quienes llegó a llamar "gilipollas", "vagos", "retrasado", "cara polla" o "frígida", además de dirigir "comentarios de carácter sexual" a un funcionario del juzgado, al que llegó a preguntar: "¿A ti se te levanta?".

En una resolución difundida por Europa Press, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del alto tribunal rechaza el recurso presentado por la magistrada contra el acuerdo del Pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), que previamente había desestimado la impugnación de la afectada frente a la decisión de la Comisión Disciplinaria que fijó la multa.

El Supremo detalla, a partir de los hechos probados por la Comisión Disciplinaria, que la jueza, que estuvo al frente del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 4 de Nules entre octubre de 2020 y noviembre de 2022, se dirigía "de forma desconsiderada" en numerosas ocasiones a distintos integrantes de la oficina judicial.

Según la sentencia, se refería "de forma reiterada" a algunos empleados con términos como "la frígida", "ama de casa aburrida", "cara polla" o "trol" en conversaciones privadas mantenidas con otros compañeros. En otra ocasión, convocó a varios trabajadores a su despacho, les llamó "vagos" y utilizó expresiones como "aquí van a rodar cabezas", "yo no soy vuestra amiga" o "no quiero réplicas".

Insultos a la letrada y comentarios sexuales a un funcionario

El fallo recoge que, en relación con la letrada de la Administración de Justicia, la magistrada empleó frases como: "La directora tiene la piel muy fina", "no sirve ni para limpiar la mierda de mi culo", "me río con mis amigos jueces de ella" o "no tiene ni idea de tramitar".

El Supremo indica también que la jueza realizaba "comentarios de carácter sexual" de manera habitual a uno de los funcionarios, entre ellos "¿a ti se te levanta?" o "tiene un buen polvo". Consta igualmente que le regaló un jersey y le hizo preguntas como: "¿Cuándo te lo vas a poner?", "¿se lo has dicho a (dice el nombre de su novia)", "esa chica no te conviene" o "es muy celosa". Además, llegó a "humilló públicamente delante de sus compañeros" a ese mismo trabajador con la frase "no vales nada".

Amenazas e increpaciones delante de testigos

En otro episodio, y "en tono amenazante", la magistrada llamó "inútil", "inepto" e "incompetente" a un compañero, al que también le dijo "no sirves para nada" o "desde que te vi te calé", expresiones que, según el relato judicial, fueron oídas "por todos los allí presentes, tanto funcionarios como público presente en ese instante en tales dependencias". A otro funcionario le gritó "eres un gilipollas y el decano otro gilipollas".

La resolución añade que la jueza llegó a amenazar a un funcionario ausente en ese momento con frases como "le voy a dar una hostia" o "lo voy a hundir". Asimismo, durante una guardia, se dirigió a un detenido que había decidido acogerse a su derecho a no declarar manifestándole su deseo de que fuera condenado.

El Supremo ve la sanción motivada y proporcionada

En su recurso, la magistrada denunció "falta de motivación probatoria y fáctica" en la decisión de la Comisión Disciplinaria, alegando que se limitaba a una "valoración conjunta" de las pruebas sin concretar si eran directas o indiciarias, entre otras objeciones planteadas por su defensa.

El Tribunal Supremo, sin embargo, concluye que la resolución del CGPJ "contiene la suficiente motivación, sin que ésta desaparezca por el hecho de que proceda a la valoración conjunta de la prueba practicada y que acredita los hechos imputados y declarados probados". Precisa que "una cosa es la falta de motivación y cosa bien distinta es que el destinatario del acto administrativo de que se trate disienta o no comparta las argumentaciones consignadas en el mismo como fundamento de lo que en él se acuerda, decide o dispone, que es lo que realmente acontece en el caso que nos ocupa".

En cuanto a las fuentes de prueba, el alto tribunal recuerda que fueron ocho funcionarios del juzgado quienes pusieron en conocimiento de las autoridades el comportamiento y la actitud de la jueza. Los magistrados del Supremo respaldan también que la Comisión Disciplinaria fijara la multa en 2.000 euros, al considerar que en su acuerdo se justifica "de manera extensa y acertada" la cuantía de la sanción impuesta.