El Tribunal Supremo ha decidido no admitir a trámite el incidente de nulidad presentado por el exasesor ministerial Koldo García, con el que pretendía, por última vez, detener el juicio por las supuestas irregularidades en la adquisición de mascarillas y lograr que la causa pasara a la Audiencia Nacional.
En una providencia a la que ha tenido acceso Europa Press, los magistrados señalan que no es posible interponer recurso alguno contra el auto en el que ya rechazaron las objeciones formuladas por él y por el exministro José Luis Ábalos durante la vista preliminar celebrada en febrero, preparatoria del juicio que arrancará el próximo 7 de abril en el Supremo y se prolongará hasta finales de ese mes.
La defensa de Koldo reclamaba que se anulara de forma “radical” dicha resolución. “Y en consecuencia se acuerde la retroacción de las actuaciones al momento inmediatamente anterior a dictarse dicha resolución”, sostenía su escrito, al entender que “se han violado sus derechos constitucionales fundamentales”.
La letrada Leticia de la Hoz invocaba, entre otros, el derecho a la tutela judicial efectiva, al juez ordinario predeterminado por la ley y a la práctica de la prueba pertinente.
La Fiscalía Anticorrupción solicita 24 años de prisión para Ábalos, 19 y medio para Koldo y 7 para el presunto conseguidor, Víctor de Aldama, quien ha reconocido la acusación.
En paralelo, las acusaciones populares ejercidas por el PP piden 30 años de cárcel para el exministro y su antiguo asesor --ambos en prisión provisional desde el pasado 27 de noviembre--, mientras que para el empresario reclaman la misma condena que plantea el Ministerio Público.
Ábalos y Koldo mantienen que son inocentes y que no incurrieron en ningún delito en la presunta trama de mascarillas por la que serán juzgados junto a Aldama.