El Supremo tumba las hipotecas multidivisa de Caixabank tras una década de litigios

El Supremo invalida las hipotecas multidivisa heredadas por Caixabank de Barclays y obliga a convertirlas en euros, pero sin devolución de cantidades.

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Una oficina de empresa inmobiliaria. Ricardo Rubio - Europa Press

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El Tribunal Supremo ha dejado sin efecto, en una reciente resolución y tras más de diez años de pleitos, las hipotecas multidivisa que Caixabank asumió de Barclays al adquirir su negocio minorista en 2014, al considerar que “la falta de transparencia de estas cláusulas conlleva también a su abusividad”, según recoge el propio fallo del alto tribunal.

A raíz de esta decisión, la entidad financiera con sede en Catalunya queda obligada a eliminar de forma definitiva dicha cláusula de todos sus préstamos para la compra de vivienda, a recalcular estos créditos en euros y a comunicar formalmente a sus clientes el cambio aplicado.

Sin embargo, la sentencia, que llega tras más de una década de batalla judicial impulsada por la Asociación de Usuarios Financieros (Asufin), no ordena devolver las cantidades que se habrían cobrado de forma indebida. Por este motivo, Asufin califica el desenlace como un ejemplo de justicia colectiva “a medias”, al entender que seguirá “colapsando los juzgados de pleitos individuales”, y reclama la trasposición de la directiva europea para actualizar el sistema de acciones colectivas en España.

Las hipotecas multidivisa son préstamos hipotecarios a interés variable que se popularizaron en varias entidades en los primeros compases de la crisis financiera, cuando el Euríbor —referencia interbancaria en Europa— rondaba el 5%. En este tipo de productos, tanto el capital pendiente como las cuotas mensuales se referencian a una moneda extranjera, pese a que el consumidor cobra su salario y efectúa los pagos en euros.

Uno de los grandes reclamos comerciales de estas hipotecas era la opción de asociar el préstamo a otras divisas y, con ello, a los tipos de interés de los países emisores. Así, vinculando el crédito a monedas como el franco suizo, muchos clientes lograban abaratar inicialmente sus cuotas. No obstante, el producto ocultaba el riesgo de tipo de cambio derivado de la variación entre el euro —moneda en la que viven y cobran los usuarios— y la divisa elegida.

De este modo, cuando el euro se apreciaba o mantenía su fortaleza frente a la moneda extranjera, en el ejemplo citado el franco suizo, la deuda hipotecaria se reducía o quedaba estable. Pero si era el franco suizo el que se fortalecía frente a la moneda comunitaria, el importe pendiente del préstamo aumentaba. Así, la carga financiera del hipotecado no solo dependía del tipo de interés aplicado, sino también de la evolución del cruce de divisas.

Barclays, junto con otras seis entidades, entre ellas Bankinter y Banco Popular, llegó a colocar en el mercado hipotecas multidivisa por un volumen conjunto de algo más de 4.700 millones de euros, según figura en el Diario Oficial de las Cortes Generales de abril de 2015, ya que las entidades siempre se han negado a hacer públicos sus datos de comercialización de estos productos.

Sobre el banco naranja y el desaparecido Banco Popular, Asufin mantiene aún abiertas dos demandas colectivas por hipotecas multidivisa que, tras las operaciones corporativas, se encuentran ahora bajo el paraguas de Santander.

En este marco, el Tribunal Supremo se ha posicionado del lado de los afectados por estas condiciones contractuales y sostiene en su resolución que los consumidores no tuvieron la posibilidad real de comparar las hipotecas en divisa con otros préstamos para vivienda denominados en euros, lo que les llevó a “comprometerse en un contrato de préstamo con consecuencias ruinosas”.

“La falta de transparencia de las cláusulas relativas a la denominación en divisa del préstamo y la equivalencia en euros de las cuotas de reembolso y del capital pendiente de amortizar, no es inocua para el consumidor, sino que provoca un grave desequilibrio, en contra de las exigencias de la buena fe, puesto que al ignorar los graves riesgos que entrañaba la contratación, no puede comparar la oferta del prestamos hipotecario multidivisa con las de otros en euros”, reza el fallo.

Y concluye: “Esta falta de transparencia agrava su situación jurídica --la del cliente--, puesto que ignora el riesgo de infragarantía para el caso de depreciación del euro frente a la divisa en que se denominó el préstamo”.

La presidenta de Asufin, Patricia Suárez, sostiene que, pese a la “satisfacción de haber cumplido” con los afectados a los que representa la asociación, insisten en que “el sistema no les protege lo suficiente”, y subraya que las resoluciones colectivas que no contemplan la devolución de las cantidades suponen “una victoria a medias para quienes tuvieron que lidiar con las consecuencias del abuso de los bancos”.