El TSJA confirma diez años de prisión a un hombre por violar a una menor en una finca de la Sierra de Cádiz

El TSJA confirma diez años de prisión y ocho de libertad vigilada a un hombre por violar a una menor de 15 años en una finca de la Sierra de Cádiz.

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Sede TSJA en Granada. EUROPA PRESS.

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El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado íntegramente la resolución de la Sección Octava de la Audiencia Provincial de Cádiz, que impone a un varón una pena de diez años de prisión por un delito de violación cometido en una finca situada en la Sierra de Cádiz contra una menor de 15 años en el momento de los hechos, además de ocho años de libertad vigilada una vez cumplida la condena.

De acuerdo con la sentencia, recogida por Europa Press, los hechos se remontan a agosto de 2018, cuando un grupo de amigos decidió pasar un par de días en una finca. Entre los asistentes se encontraban el acusado y su pareja, así como la víctima, sobrina de la pareja del procesado, que entonces tenía 15 años.

Al anochecer del primer día, varios hombres del grupo optaron por desplazarse al pueblo "de fiesta", algo que no hizo el acusado tras mantener una discusión con su compañera sentimental. Permaneció en una zona de la finca con otras personas consumiendo bebidas alcohólicas, "sin que se haya probado que tuviese afectadas sus capacidades volutivas e intelectivas por ello".

Sobre las cuatro de la madrugada, la madre de la menor anunció que se iba a dormir e indicó a su hija que hiciera lo mismo, mientras el acusado manifestó que se quedaría un rato más. Aprovechando que la progenitora se había retirado, el hombre acompañó a la menor hasta la edificación en la que ella dormía, distinta a aquella en la que pernoctaban su madre y el propio acusado. Una vez allí, le preguntó si le importaba que se quedara en ese lugar porque había discutido con su pareja --tía de la niña--, y la joven aceptó que se acostara en el mismo sofá cama.

Dentro de la estancia, el acusado colocó un brazo sobre el cuerpo de la menor y, tras ser rechazado cuando ella lo apartó, se levantó, cerró la puerta con llave, volvió a tumbarse a su lado y la violó, advirtiéndole que si gritaba o contaba algo "se iba a enterar". Después abandonó la habitación al oír unos ruidos que interpretó como la llegada del grupo de hombres que había salido al pueblo.

Durante las fiestas de Navidad de ese mismo año, en una reunión familiar, uno de los asistentes, pareja de otra tía de la menor, observó cómo el acusado se acercaba a la joven para pedirle perdón por lo que le había hecho, momento en el que la víctima rompió a llorar. Finalmente, en abril de 2019, la menor relató lo sucedido a su novio y a sus padres, quienes presentaron la correspondiente denuncia.

En base a estos hechos, la Audiencia Provincial de Cádiz impuso al acusado diez años de prisión por un delito de agresión sexual con intimidación. La defensa recurrió ante el TSJA, sosteniendo que su representado no había cometido delito alguno y que la única prueba existente eran las manifestaciones "contradictorias" de la menor, "sin que exista ninguna prueba de cargo objetiva que acredite la realidad de los hechos".

El TSJA ha rechazado el recurso tras valorar de nuevo las pruebas practicadas en el juicio, entre ellas las declaraciones de los tíos de la víctima, que la vieron aparecer llorando en el salón la noche de los hechos. El tribunal autonómico concluye que no se ha demostrado que la Audiencia incurriera en un error evidente en la apreciación de la prueba que justifique una corrección, y que la convicción alcanzada a partir de los elementos de cargo, "de indudable valor incriminatorio", resulta "lógica y coherente".