El TSJA estudia anular de forma directa la licencia del hotel de El Algarrobico en Carboneras

El TSJA valora anular directamente la licencia del hotel de El Algarrobico si el Ayuntamiento de Carboneras sigue sin ejecutar la sentencia de 2022.

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Vista general del hotel de Azata en el paraje de El Algarrobico de Carboneras (Almería) Marian León - Europa Press

Vista general del hotel de Azata en el paraje de El Algarrobico de Carboneras (Almería) Marian León - Europa Press

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El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha dejado abierta la posibilidad de asumir directamente la revisión de la licencia de obras del hotel de El Algarrobico y declarar su nulidad si el Ayuntamiento de Carboneras (Almería) continúa sin avanzar en la ejecución de la sentencia de 2022 que le ordena tramitar dicha revisión.

Mediante una providencia fechada el 20 de marzo y a la que ha tenido acceso Europa Press, la Sala de lo Contencioso-administrativo de Granada valora la aplicación de las medidas previstas en el artículo 108.1 a) de la Ley de la Jurisdicción contencioso-administrativa, que permite al órgano judicial ejecutar por sí mismo un fallo cuando la administración obligada no cumple lo ordenado.

De este modo, la Sala no descarta acudir a estas u otras medidas que considere adecuadas para garantizar el cumplimiento de la resolución que impone la revisión de la licencia de obras otorgada a Azata del Sol en enero de 2003 por el Ayuntamiento de Carboneras, incluyendo aquellas que afecten “sobre la posible declaración de nulidad de la licencia objeto del procedimiento de revisión”.

En la misma resolución, el tribunal ordena enviar un oficio al Consejo Consultivo de Andalucía (CCA) para que informe “cualquier decisión” que adopte en relación con el expediente iniciado en julio del pasado año por el Consistorio para revisar la licencia, un procedimiento que requiere informe preceptivo del órgano consultivo autonómico.

El Consultivo ya había anticipado el 9 de marzo un eventual “archivo” de la solicitud de dictamen si el Ayuntamiento de Carboneras no completaba el expediente que remitió a finales de 2025. A petición del alcalde de Carboneras, Salvador Hernández (CS), el órgano andaluz concedió una ampliación de plazo al Consistorio para que finalice la tramitación y concrete su propuesta de resolución.

La providencia vuelve a desestimar las alegaciones del Ayuntamiento de Carboneras, que sostenía que en la actualidad no dispone de secretario municipal y que esta circunstancia le impediría avanzar en los trámites, hasta el punto de solicitar auxilio al tribunal para poder cubrir este puesto.

Frente a ello, el TSJA insiste en que las alegaciones sobre la ausencia de secretario municipal “no justifican el incumplimiento de lo acordado, debiendo ser el municipio quien lleve a cabo los procedimientos de provisión de la plaza de secretario o para su sustitución”.

Con todo, el tribunal descarta por ahora las solicitudes de Greenpeace para que se impongan multas coercitivas al alcalde o se remita testimonio a la Fiscalía por un posible delito de desobediencia derivado del incumplimiento de la sentencia.

La organización ecologista había pedido al TSJA que aplicara las medidas del artículo 108.1.a) de la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa con el fin de anular la licencia de obras, al considerar que ello “favorecería el principio de economía procesal” y, además, “evitaría que la promotora Azata del Sol y sus filiales recurrieran la decisión en la vía contencioso-administrativa”.