El TSJA exime de culpa a la madre del autor de chantajes con imágenes íntimas en webs de citas

El TSJA anula la condena a la madre del extorsionador de webs de citas por falta de pruebas sólidas en su identificación como 'gancho'.

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Sede del TSJA. EUROPA PRESS

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El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha dejado sin efecto la condena de un año de prisión impuesta a la madre del vecino de Almería sentenciado a cuatro años de cárcel por extorsionar a usuarios de páginas de citas, a quienes obtenían imágenes comprometedoras, en ocasiones manipuladas, y a los que se amenazaba con difundir ese material si no realizaban transferencias de dinero que podían llegar hasta los 3.000 euros.

La Sala estima el recurso de apelación presentado por la defensa de la mujer frente a su presunta intervención como supuesto 'gancho' para conseguir las imágenes de los hombres que luego iban a ser chantajeados, ya que el reconocimiento efectuado por una de las víctimas genera dudas razonables al tribunal sobre que la identificación fuera correcta.

En la resolución se detalla que el primer reconocimiento de la mujer se llevó a cabo mediante una fotografía en dependencias de la Guardia Civil, mientras que el segundo tuvo lugar en sede judicial, en una rueda de reconocimiento practicada en enero de 2023, en la que la acusada no fue señalada de forma inequívoca. Además, en el juicio celebrado en septiembre de 2024, el testigo expresó incertidumbre sobre la apariencia de la implicada, con un relato "sumamente dubitativo y oscilante".

Ante estas circunstancias, el tribunal entiende que concurre una "orfandad probatoria" que impide "dar por enervado el derecho a su presunción de inocencia" y mantiene una duda "racional" sobre la supuesta intervención de la madre en los hechos enjuiciados.

La sentencia de instancia había fijado para el principal acusado tres años de prisión por un delito continuado de extorsión y otro año adicional por un delito contra la salud pública, después de que en el registro policial efectuado en su domicilio se hallara una determinada cantidad de droga.

En la fijación de la pena se aplicó la atenuante de reparación del daño, criterio que también se tuvo en cuenta respecto a su novia, quien igualmente participó en los hechos actuando como 'gancho' para captar a las víctimas mediante videollamadas o contactos a través de redes sociales.

Extorsiones y amenazas mediante contactos en redes

Según el último fallo judicial, queda acreditado que entre julio y octubre de 2022 el principal condenado y su pareja, que admitió su implicación, se coordinaron para extorsionar a hombres que acudían a páginas web de citas.

A estos internautas se les reclamaban distintas sumas de dinero para evitar que salieran a la luz "asuntos personales relativos a sus comportamientos sexuales", al tiempo que se les amenazaba con "denunciarlos por tener sexo a través de internet con menores de edad" o con "causarles daños físicos". Para reforzar el chantaje, llegaron a manipular vídeos con el fin de que pareciera que interactuaban con chicas menores de 16 años.

Para captar a las víctimas, el condenado publicaba anuncios en páginas de contactos sexuales para adultos utilizando la imagen de mujeres como reclamo. De este modo, conseguía grabar a los hombres mientras se autosatisfacían sexualmente y, a partir de esas grabaciones, proceder al chantaje posterior.

Los vídeos eran enviados a los afectados, a quienes se advertía de que serían difundidos si no efectuaban una serie de pagos en la cuenta bancaria de la novia del principal acusado. Ella se encargaba de recibir las cantidades, retirarlas y entregárselas a su pareja.

Las maniobras de extorsión llegaron a provocar que uno de los perjudicados, que acudió a la Guardia Civil para denunciar los hechos, terminara detenido por un presunto delito de corrupción de menores. Se abrió un procedimiento penal contra él que finalmente fue archivado, si bien la situación le obligó a someterse a tratamiento psicológico y psiquiátrico.

En otro episodio, los acusados recurrieron directamente a las redes sociales. Contactaron con otra víctima mediante una solicitud de amistad desde un perfil falso en Facebook y, del mismo modo, obtuvieron imágenes comprometedoras de esa persona, a la que llegaron a exigir hasta 3.000 euros para no difundir el vídeo.

También consta que los acusados reclamaron otra suma de dinero a una tercera víctima como compensación por "las teóricas molestias que había ocasionado a una chica de compañía al entrar en una página de internet", llegando en este caso a advertir de que "un miembro de su familia o él mismo serían perseguidos y asesinados por dos sicarios". Esta persona terminó abonando hasta 1.300 euros.

A otra de las víctimas, a la que solicitaron hasta 1.500 euros por supuestamente haber llamado a una chica de una agencia de favores sexuales, le remitieron "fotos de personas descuartizadas" y "le dijeron que si no pagaba le mandarían hombres que le hiciesen a él lo mismo".

El principal acusado fue igualmente condenado por un delito contra la salud pública, ya que en el registro de su vivienda en Madrid se intervinieron cerca de 400 gramos de resina de cannabis preparada para su venta al menudeo, valorada en el mercado ilícito en unos 2.430,15 euros.

La sentencia inicial también recogía la absolución de un cuarto acusado, respecto del cual la Fiscalía retiró los cargos durante el juicio al no quedar demostrada su participación en los hechos.