El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha dejado sin efecto el registro voluntario practicado por la Guardia Civil en la vivienda de A.E.M., único encausado por el presunto homicidio y desaparición en agosto de 2022 de un ciudadano francés de 79 años residente en Vera (Almería), al apreciar “irregularidades” en la forma en que se obtuvo su consentimiento para llevar a cabo dicha diligencia.
En un auto al que ha tenido acceso Europa Press, el alto tribunal andaluz estima de forma parcial el recurso de apelación presentado por el abogado Nabil El Meknassi contra la resolución de la Audiencia Provincial, que había rechazado todas las cuestiones previas, y acoge el argumento de la defensa para excluir del procedimiento un registro en el que, no obstante, se localizaron efectos pertenecientes al desaparecido.
El encausado, que será juzgado por un tribunal de jurado en la Audiencia de Almería, se encuentra en libertad con cargos, obligado a comparecer cada quince días ante el juzgado desde el pasado diciembre, después de abonar una fianza de 10.000 euros tras haber permanecido dos años en prisión provisional.
De cara al juicio, el TSJA declara nula la diligencia de entrada y registro practicada por la Guardia Civil al considerar que concurren varios elementos que evidencian que el investigado no fue informado de forma adecuada de sus derechos y que no contó con la asistencia de un letrado en ese momento.
“Los agentes debieron informarle de manera clara y constatable, antes de solicitarle el consentimiento para la entrada y registro, de su derecho a negarse sin que ello comportase para él perjuicio alguno, así como de su derecho a ser asistido por un letrado antes de contestar a la pregunta de si permite que examinen su domicilio”, recoge la resolución judicial.
El tribunal razona que la medida de investigación ya se encontraba “dirigida contra” el ahora procesado, puesto que éste había manifestado en su declaración que estuvo en la casa del desaparecido con él y no en su propio domicilio. “En consecuencia, la información que se pretendía obtener era de A., y no del desaparecido”.
En esta línea, el TSJA subraya que la Guardia Civil ya lo trataba como “sospechoso” en el acta de declaración tomada formalmente como “testigo”, en la que además se le solicitó una muestra de ADN, lo que refuerza que, a esas alturas, la investigación se orientaba ya claramente hacia su persona.
Asimismo, el acta de entrada y registro voluntario dejó “en blanco” el apartado destinado a recoger el consentimiento expreso del propietario de la vivienda, pese a que el documento aparece firmado por el investigado y se indica en él que la entrada se realizó de forma voluntaria.
“No puede considerarse acreditado, por dicha firma, un consentimiento expreso e inequívoco, con conocimiento de su derecho a oponerse sin sufrir ningún perjuicio, y menos aún espontáneo”, señala el magistrado ponente de la Sala de Apelación, Miguel Pasquau.
Posible “coacción ambiental” en dependencias policiales
El TSJA apunta a la existencia de un posible “factor de coacción ambiental” sobre el sospechoso y recalca las dudas sobre el carácter “libre e inequívoco” del consentimiento prestado, dado que éste se habría dado cuando el hombre se encontraba en dependencias policiales y estaba siendo interrogado por su relación con un desaparecido, lo que podría haberle llevado a evitar “incrementar las sospechas sobre sí mismo negándose a ser registrado”.
La Sala concluye que el investigado “no fue informado de sus derechos” al declarar “como testigo” y que, por ello, el consentimiento otorgado para el registro de su domicilio “no vino precedido de una información clara y eficaz sobre su derecho a negarse”, máxime cuando la diligencia “iba dirigida, por su naturaleza y circunstancias del caso, a obtener información que podría ser incriminatoria en su contra”.
“No podemos saber qué habría decidido si hubiera sido eficazmente informado de tales derechos, ni qué habría decidido si finalmente hubiese recibido asistencia letrada”, razona el auto, que acuerda la nulidad de la entrada y registro en la vivienda del encausado.
Una desaparición sin cadáver y un registro ahora anulado
La detención del sospechoso se produjo en septiembre de 2023 en el marco de la operación “Lingüa”, en la que la Guardia Civil lo arrestó por un presunto delito de homicidio y otro de robo con violencia e intimidación en relación con la desaparición de la víctima, cuyo cuerpo continúa sin ser localizado.
El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 de Vera le atribuyó inicialmente un delito de detención ilegal sin dar razón de paradero y otro delito continuado de estafa, según indicaron a Europa Press fuentes judiciales.
La denuncia se presentó el 8 de septiembre de 2022, después de que el hijo del desaparecido llevase varios días sin noticias de su padre. La última referencia que se tenía de él databa de la noche del 23 de agosto, cuando acudió al domicilio del principal sospechoso.
El ahora procesado fue arrestado cuatro días después de la denuncia, a raíz de las pesquisas policiales, al constatar que un individuo con el “rostro cubierto” había realizado varios reintegros de efectivo en cajeros de la zona utilizando la tarjeta de crédito de la víctima.
Según las fuentes del caso, se habrían efectuado casi una decena de extracciones en un cajero con la tarjeta a nombre del desaparecido, siempre por importes superiores a 400 euros.
En el registro del domicilio del sospechoso, los agentes hallaron diversos objetos personales del francés, lo que motivó su detención. Precisamente, se trata de la entrada y registro que el TSJA ha decidido ahora dejar sin validez.
La Guardia Civil vinculó al investigado de “forma directa” con la desaparición del hombre en el marco de unas pesquisas en las que se obtuvieron “fuertes evidencias”, entre ellas restos de ADN y una “exhaustiva reconstrucción de los hechos”.
Un viaje a Francia que nunca llegó a hacerse
Fue el hijo de la víctima quien dio la voz de alarma al no tener noticias de su padre durante una semana y comprobar que no había realizado un viaje previsto a Francia.
Los agentes iniciaron entonces la investigación recabando información del entorno más cercano del desaparecido, de sus hábitos diarios y de los planes que tenía para la jornada en que se perdió su rastro.
De esta forma, verificaron que nunca llegó a emprender el viaje programado y que sus comunicaciones se interrumpieron de manera “repentina” cuando aún se encontraba en su domicilio, días antes de que se formalizara la denuncia.
Entre el momento en que se cortaron las comunicaciones y la presentación de la denuncia, la Guardia Civil detectó movimientos bancarios con la tarjeta del desaparecido realizados por un hombre con el rostro cubierto.
Con estos indicios, los investigadores concluyeron que en la tarde-noche en la que se produjo el cese de las comunicaciones tuvo lugar un “hecho violento en su domicilio”, en el que el detenido presuntamente “acabó con su vida” y, al día siguiente, “se deshizo del cadáver”, según la hipótesis de la Guardia Civil.
En el desarrollo de la investigación intervinieron la Unidad Central Operativa (UCO), la Unidad de Seguridad Ciudadana (Usecic), el Grupo de Especialistas en Actividades Acuáticas (GEAS) y el Servicio de Criminalística de la UOPJ de la Comandancia de la Guardia Civil de Almería.