El TSJA ratifica 13 años de cárcel por abusos reiterados a una menor en Níjar y exhibición de pornografía

El TSJA confirma 13 años de cárcel a un hombre por abusar durante años de una niña en Níjar y mostrarle vídeos pornográficos, ratificando la sentencia inicial.

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Fachada del TSJA, en Granada. EUROPA PRESS

Fachada del TSJA, en Granada. EUROPA PRESS

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El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ratificado la pena de trece años de prisión impuesta a un hombre por agredir sexualmente en múltiples ocasiones a la hija de un conocido, cuando la menor tenía entre ocho y doce años, en una vivienda de la pedanía de Las Negras, en Níjar (Almería), donde además le proyectó vídeos de contenido pornográfico.

En su resolución, el alto tribunal andaluz rechaza el recurso de apelación planteado por la defensa y confirma en todos sus términos la sentencia dictada en abril de 2025 por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Almería, que fijó también una indemnización de 20.000 euros por daño moral a favor de la víctima.

El fallo mantiene las penas de doce años de prisión por un delito continuado de agresión sexual a menor con penetración y un año adicional por un delito continuado de exhibición de material pornográfico a menores.

Del mismo modo, se sostienen la inhabilitación absoluta durante todo el tiempo de la condena, la inhabilitación especial para desempeñar cualquier profesión u oficio que implique trato habitual y directo con menores, así como las prohibiciones de comunicarse con la víctima.

La Sala de Apelación descarta las tesis de la defensa, que sostenía que el relato de hechos probados no detallaba cada uno de los episodios, ni las fechas concretas ni la forma exacta en que se produjeron.

El tribunal ha estimado “perfectamente normal” que la menor no pudiera precisar con exactitud las fechas, subrayando que lo esencial era que el relato delimitaba el periodo en el que se cometieron los abusos, el lugar donde ocurrieron y las conductas atribuidas al acusado.

Los hechos se desarrollaron de forma reiterada entre 2015 y 2019, cuando la niña acudía con su padre a la casa familiar de Las Negras para disfrutar de los fines de semana del régimen de visitas. En ese tiempo, el acusado convivía en la vivienda con su pareja, que era familiar del progenitor de la menor.

En esas visitas, y “con la única intención de satisfacer sus lúbricos deseos”, la desnudaba y abusaba sexualmente de ella, además de enseñarle vídeos de carácter pornográfico, lo que ocasionó un “gran impacto” en la niña.

Como resultado, la menor desarrolló una sintomatología “compatible con lo relatado”, con manifestaciones ansiosas y postraumáticas, pensamientos recurrentes e intrusivos, síntomas depresivos, labilidad emocional, cambios bruscos de humor, sentimientos de culpabilidad y aislamiento.

Al valorar la prueba, la Sala de Apelación respalda el criterio del tribunal de instancia respecto al testimonio de la menor, al que calificó de “claro, coherente y verosímil”.

El tribunal ha tomado igualmente en consideración un informe elaborado por psicólogas de la Fundación Márgenes y Vínculos, que detectaron que la niña podía tener dificultades para situar espacio-temporalmente los episodios debido a su corta edad y al tiempo transcurrido, sin que ello afectara a los elementos nucleares de su declaración.

Tras examinar los motivos esgrimidos por la defensa, el TSJA concluye que la sentencia de la Audiencia Provincial de Almería se ajusta a Derecho y confirma íntegramente la condena, contra la que aún cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo (TS).