El TSJA ratifica 13 años de prisión por apuñalar y retener once horas sin asistencia médica a su pareja en Pulpí

El TSJA confirma 13 años de cárcel a un hombre por intentar asesinar a su pareja en Pulpí y negarle asistencia médica durante once horas.

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Sede del TSJA en Granada. EUROPA PRESS

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El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la condena impuesta a un hombre que, en febrero de 2023, propinó varias puñaladas a su pareja sentimental con ánimo de acabar con su vida y la mantuvo retenida durante hasta once horas en su domicilio de Pulpí (Almería) junto a su hijo de dos años, impidiéndole acudir a un centro sanitario pese a la gravedad de las lesiones.

La resolución desestima el recurso de apelación presentado por la defensa y ratifica la pena de 13 años de prisión por un delito de asesinato alevoso en grado de tentativa, apreciando las agravantes de parentesco y género. Además, se le prohíbe acercarse a menos de 500 metros de la víctima o comunicarse con ella durante 23 años, periodo en el que también se le priva de la patria potestad.

El alto tribunal andaluz sostiene que el acusado no actuó “con intención de lesionar sino con dolo homicida”, ya que “clavó el cuchillo varias veces a la víctima”, “le rompió una botella de cristal en la cabeza” y solo interrumpió su conducta violenta “hasta que el pequeño hijo de la pareja, alarmado y asustado por los gritos de su madre, entró en la estancia”.

De igual forma, destaca que el procesado “dejó a la mujer en ese estado, sangrando” y con heridas en “zonas vitales” durante “más de once horas” sin proporcionarle ni permitirle recibir atención médica. Por ello concluye que no existió un “desistimiento voluntario” que pudiera resultar “excluyente de la tentativa del delito de asesinato objeto de condena”.

La instancia de origen ya subrayó el “desprecio” por la vida de la mujer mostrado por el condenado, tanto por la forma en que se produjo la agresión, iniciada después de que ella rechazara mantener relaciones sexuales, como por las once horas en las que le negó la posibilidad de ser atendida por personal sanitario pese a sus lamentos y lloros.

Violencia por razón de género y pruebas

La sentencia detalla la violencia ejercida por el acusado por razón de género, al considerar a su pareja como “un mero objeto de su satisfacción sexual, cosificándola” y “sometiéndola a su voluntad”, lo que evidencia su “consideración de superioridad frente” a la víctima y, en consecuencia, la discriminación hacia la denunciante por el mero hecho de ser mujer.

El tribunal valoró, junto a las declaraciones “sólidas, fiables y verosímiles” de la víctima, los partes médicos incorporados a la causa y el testimonio de un amigo del acusado, que fue quien finalmente la trasladó al centro de salud tras acudir al domicilio.

Queda acreditado que en febrero de 2023 la víctima y el procesado, padres de un niño de dos años, retomaron la convivencia después de que expirara una orden de alejamiento e incomunicación de dos años que pesaba sobre el hombre, dictada en 2021 por una sentencia previa.

Un mes y medio después de que la mujer se mudara con el menor a la vivienda del acusado en Pulpí, se originó una discusión que se prolongó hasta la madrugada del 14 de marzo, momento en el que el hombre le reclamó mantener relaciones sexuales por última vez, petición que ella rechazó.

La negativa de la mujer “contrarió” al condenado, que “se dirigió a la cocina donde cogió un cuchillo de cocina” y, “con intención de acabar con la vida” de su pareja o asumiendo ese resultado, la apuñaló “sorpresivamente” en el costado y la zona lumbar derecha mientras le decía “si no vas a ser mía no vas a estar con nadie”.

En el transcurso del ataque, el hombre tomó una botella de vino y la estrelló contra la cabeza de la víctima, que resbaló con el líquido y cayó al suelo “hallándose indefensa, tumbada boca arriba”. Entonces el procesado “se abalanzó sobre ella con el cuchillo y le asestó otro corte” al tiempo que le manifestaba que iba a acabar con su vida.

La mujer sufrió también cortes en las manos al intentar repeler nuevas cuchilladas, y recibió otra puñalada en uno de los hombros por la espalda cuando trataba de incorporarse sujetándose al sofá tras lograr zafarse. La agresión terminó cuando el niño, que dormía en una habitación contigua, entró llorando en el salón al despertarse por los gritos y sollozos de su madre.

Once horas sin asistencia y petición de “tiritas”

Después, el acusado envolvió a la víctima en una sábana y la colocó en una cama, impidiéndole salir para recibir atención médica hasta las 16,00 horas de ese mismo día. Incluso la amenazó con “acabar con su vida” si no cesaba en sus lloros y quejas. Pese a las numerosas heridas sangrantes, la mantuvo encerrada en la vivienda durante once horas.

Durante ese intervalo, el procesado contactó “hasta en dos ocasiones” con un amigo, al que solicitó “vendas, tiritas y antiinflamatorios” alegando que él mismo se había lesionado días atrás.

En la segunda visita a la casa, el amigo fue informado de que la pareja del acusado se “encontraba mal”; en ese momento la trasladó al centro de salud de Pulpí, desde donde fue derivada al Hospital La Inmaculada de Huércal-Overa.

La mujer tuvo que ser operada a consecuencia de las múltiples heridas y permaneció siete días ingresada, con un tiempo de curación de 90 días. Como resultado del ataque, presenta diversas secuelas.

La sentencia impone además al condenado diez años de libertad vigilada y el abono de las costas procesales, así como una indemnización a favor de la víctima de 41.540 euros por los daños físicos y morales causados.

El teléfono 016 es el número de ayuda a las mujeres que sufren violencia de género y a su entorno. No deja rastro en la factura, aunque puede quedar registrado en algunos terminales. También se pueden realizar consultas online a través del email 016-online@igualdad.gob.es, el canal de WhatsApp en el número 600 000 016 y en el chat online accesible desde la web violenciagenero.igualdad.gob.es. Todos estos servicios funcionan las 24 horas, los siete días de la semana.