El TSJA reduce a 12 años y nueve meses la pena a un obrero por agresión sexual continuada a una menor contratada como limpiadora

El TSJA corrige la calificación jurídica y reduce de 19 a 12 años y nueve meses la condena a un obrero por agresiones sexuales continuadas a una menor.

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Sede del TSJA.  EUROPA PRESS

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El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha decidido reducir de 19 a 12 años y nueve meses de prisión la condena impuesta a un trabajador que agredió sexualmente, de forma reiterada, a una menor de 14 años a la que había contratado como limpiadora en las obras donde trabajaba, aprovechando los momentos en que se quedaba a solas con ella para imponerle sus deseos.

Aunque el alto tribunal andaluz desestima el recurso de apelación formulado por la defensa, aprecia un error en la calificación jurídica realizada por la Audiencia de Almería, que había fijado inicialmente once años de prisión por un delito de agresión sexual y otros ocho años adicionales por un segundo delito de agresión sexual continuada.

El TSJA subraya que los cuatro episodios de agresiones sexuales recogidos en la causa se desarrollaron en un mismo periodo, entre abril y junio de 2022, cuando el acusado se quedaba a solas con la menor en distintas viviendas en obras, adonde ella acudía para hacer tareas de limpieza tras aceptar la propuesta laboral del procesado.

La Sala de Apelación interviene de oficio por una “cuestión de legalidad y de seguridad jurídica” y concluye que la actuación del acusado “revela un dolo unitario de atentar contra la indemnidad sexual de la menor” y que, en consecuencia, no procede considerar cada uno de los episodios como un delito autónomo.

Al apreciar la continuidad delictiva, el tribunal fija una pena de 12 años y nueve meses de cárcel “próxima a la mínima extensión” y mantiene además las penas accesorias de alejamiento e incomunicación respecto de la víctima, así como la obligación de indemnizarla con 50.000 euros “atendiendo a las numerosos actos atentatorios contra la indemnidad sexual, a la edad de la menor y a la sintomatología ansiosa y depresiva que la misma presenta”.

Los hechos se remontan a abril de 2022, cuando el acusado acudió al domicilio de la víctima para realizar una reforma y conoció a la menor, a la que ofreció trabajar como limpiadora en las viviendas donde él ejecutaba obras, oferta que la adolescente aceptó.

El hombre recogía a la menor y la trasladaba a diferentes inmuebles en los que la sometía a agresiones sexuales en contra de su voluntad, pese a que ella trató de apartarlo físicamente y de frenarlo verbalmente sin conseguirlo; todo ello con pleno conocimiento de su corta edad, hasta el punto de que en una ocasión le manifestó que era “la chica más pequeña con la que había tenido relaciones”.

En las sucesivas ocasiones en que la devolvía a su casa, el procesado le insistía en que no debía contar lo sucedido, asegurándole que era “un secreto” y advirtiéndole de que, si lo revelaba, “iría a la cárcel” y no habría nadie que pudiera hacerse cargo de su hijo pequeño, que se quedaría solo.