El TSJC obliga a la DGT a igualar el complemento de los examinadores interinos y de carrera

El TSJC reconoce a un examinador interino de la DGT el mismo complemento específico que a los funcionarios de carrera por realizar las mismas funciones.

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Fachada del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), a 7 de agosto de 2024, en Barcelona, Catalunya (España) David Zorrakino - Europa Press

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El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha estimado la reclamación de un funcionario interino y ha establecido que tiene derecho a cobrar el mismo complemento específico que sus compañeros funcionarios de carrera por realizar idénticas tareas como examinador de la Dirección General de Tráfico (DGT). Así lo ha explicado en una nota UGT, sindicato que impulsó la demanda ante la justicia.

Según la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, el trabajador fue nombrado funcionario interino del Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, en la especialidad de tráfico, para hacer labores de examinador por "exceso o acumulación de tareas" entre mayo y noviembre de 2022 en la Jefatura Provincial de Tráfico de Barcelona.

En esos meses, asumió funciones "idénticas" a las de los funcionarios de carrera, con las mismas obligaciones y condiciones laborales. Sin embargo, la DGT optó por asignarle el complemento específico propio de un puesto inferior, el de operador de información, lo que supuso una brecha salarial respecto a sus compañeros que ejercían como examinadores.

Ante esta situación, UGT prestó apoyo jurídico al empleado y llevó el asunto a los tribunales. Ahora, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJC respalda la demanda y concluye que "no hay una causa objetiva que justifique el trato desigual" entre el interino y los funcionarios de carrera que desarrollaban las mismas tareas.

El fallo deja sin efecto la resolución del Director General de Tráfico de marzo de 2023, que había desestimado la petición del trabajador sobre las diferencias retributivas vinculadas al complemento específico. Además, reconoce su derecho a cobrar las cantidades correspondientes al puesto de examinador, junto con los intereses legales que procedan.